A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220718-1)
Currículo enseñanza –  Decreto 61/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Primaria
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 169

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE JULIO DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
DECRETO 61/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la etapa de
Educación Primaria.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tras su modificación por la Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, de Educación, define el currículo como el conjunto de objetivos, competencias,
contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas.
El capítulo III del título preliminar, referido al currículo y a la distribución de competencias, dispone que con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los
títulos correspondientes, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, fijará, en relación con los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas. En desarrollo de ese
imperativo legal, se ha aprobado el Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria. En su artículo 11.3 dispone que las administraciones educativas establecerán, conforme a lo dispuesto
en este Real Decreto, el currículo de la Educación Primaria, del que formarán parte las enseñanzas mínimas fijadas en el mismo.
A su vez, de acuerdo con el artículo 11.4 del Real Decreto mencionado, a los centros
docentes les corresponde concretar el currículo determinado por la administración educativa, e incorporarlo a su proyecto educativo, que impulsará y desarrollará los principios, objetivos y la metodología propia para un aprendizaje adecuado.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, el objeto de este Decreto es determinar la ordenación y establecer el currículo de la etapa de Educación Primaria de la Comunidad de Madrid. En torno a las diferentes áreas de aprendizaje, se determinan las competencias específicas, los criterios de evaluación y los contenidos para cada una de ellas.
Las enseñanzas mínimas marcadas en el Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, requieren, en la Comunidad de Madrid, el 60 por ciento de los horarios escolares, conforme
a lo establecido en su artículo 11.3. El 40 por ciento restante, suma y configura un currículo con contenidos indispensables y necesarios para conseguir una formación idónea en el
alumnado madrileño.
En virtud de lo anterior, se propondrán al alumnado, desde los primeros años, actividades educativas que posibiliten un dominio de la expresión y la comprensión oral y escrita, de la lectura, del razonamiento lógico-matemático, del análisis y de la posibilidad de solucionar una situación problemática, competencias propias de las áreas de Lengua
Castellana y Literatura, y Matemáticas, necesarias para los aprendizajes de las demás áreas.
El currículo de la Comunidad de Madrid reconoce el valor del español como lengua
universal, y subraya la importancia del conocimiento de otras lenguas, particularmente de
la lengua inglesa, pues su aprendizaje ofrece nuevas y amplias oportunidades para el alumnado. Además, con el fin de fomentar la competencia plurilingüe, la Comunidad de Madrid
incorpora al currículo de esta etapa el área de Segunda Lengua Extranjera, que el alumno
podrá cursar en todos los ciclos que la componen.
Asimismo, la Comunidad de Madrid mantiene la división actual entre el área de Ciencias de la Naturaleza y el área de Ciencias Sociales, pues el objeto del estudio de cada una
se corresponde con ámbitos de conocimiento diferenciados. En concreto, el área de Ciencias de la Naturaleza engloba dos bloques de conocimiento, el relacionado con la cultura
científica y el que se centra en la tecnología y la digitalización. El área de Ciencias Sociales, por su parte, se ocupa del acercamiento a las sociedades y territorios, con especial atención al conocimiento del entorno madrileño en el primer ciclo y al del conjunto de España
en el segundo; el tercer ciclo invita al conocimiento del entorno físico y social europeo y
del resto del mundo.
Cabe señalar, igualmente, la importancia que la Comunidad de Madrid otorga al área
de Educación Física para desarrollar hábitos de vida saludable y favorecer un adecuado de-

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