D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220718-63)
Convenio – Adenda de 5 de julio de 2022, de corrección de error y modificación del convenio subvención suscrito entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Madrid, a través de la Agencia para el Empleo de Madrid, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia
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BOCM
Pág. 374
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE JULIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 169
media el Salario Mínimo Interprofesional, por mes y persona contratada a jornada completa, con independencia del salario que corresponda al trabajador según
la normativa laboral que le resulte de aplicación. El Salario Mínimo Interprofesional será el correspondiente a la anualidad en la que se firmó este convenio, por
la cuantía mensual y sin parte proporcional de paga extra. La subvención se reducirá proporcionalmente en caso de contrataciones a tiempo parcial.
Segunda
BOCM-20220718-63
Se suprime el Anexo I del Convenio-Subvención, que queda sustituido por el Anexo
de esta modificación.
Madrid, a 5 de julio de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D.
(Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo), el
Viceconsejero de Empleo, Alfredo Timermans del Olmo.—El Gerente de la Agencia para
el Empleo del Ayuntamiento de Madrid, José María Meneses Castillo.
Pág. 374
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE JULIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 169
media el Salario Mínimo Interprofesional, por mes y persona contratada a jornada completa, con independencia del salario que corresponda al trabajador según
la normativa laboral que le resulte de aplicación. El Salario Mínimo Interprofesional será el correspondiente a la anualidad en la que se firmó este convenio, por
la cuantía mensual y sin parte proporcional de paga extra. La subvención se reducirá proporcionalmente en caso de contrataciones a tiempo parcial.
Segunda
BOCM-20220718-63
Se suprime el Anexo I del Convenio-Subvención, que queda sustituido por el Anexo
de esta modificación.
Madrid, a 5 de julio de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D.
(Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo), el
Viceconsejero de Empleo, Alfredo Timermans del Olmo.—El Gerente de la Agencia para
el Empleo del Ayuntamiento de Madrid, José María Meneses Castillo.