Paracuellos de Jarama (BOCM-20220707-78)
Organización y funcionamiento. Ordenanza movilidad sostenible
64 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE JULIO DE 2022
Pág. 319
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
PARACUELLOS DE JARAMA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Habiéndose aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria
celebrada el día 31 de mayo de 2022, la ordenanza de movilidad sostenible del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama y según establece el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público el texto íntegro de la
ordenanza para su entrada en vigor.
ORDENANZA DE MOVILIDAD SOSTENIBLE DEL AYUNTAMIENTO
DE PARACUELLOS DE JARAMA
I
La movilidad urbana a través de la seguridad vial hace compatible el ejercicio de los
derechos de las personas a la integridad física, a la protección a la salud y al acceso equilibrado al espacio público urbano, configurándose estos, como una de las expresiones de mayor valor cívico de entre todas las formas de convivencia, creando espacios que posibilitan
el ejercicio de estos derechos.
La ordenanza que ahora se presenta, adapta el marco jurídico a la vida cotidiana, implementa medidas y mecanismos que den soluciones al tráfico rodado, al estacionamiento y a
la distribución equilibrada del espacio público, creando Áreas Estanciales peatonales, facilitando el uso peatonal y su convivencia con la circulación de vehículos a motor y vehículos
de movilidad personal, instrumentalizando las técnicas necesarias y la concepción de una visión anticipada de las nuevas necesidades que puedan acontecer en Paracuellos de Jarama,
con relación a la recuperación de ciertos espacios para el uso peatonal.
La implantación de criterios de movilidad sostenible, garantizan la accesibilidad universal, persiguen, conceder más protagonismo al peatón, lo que impulsará la creación de
zonas de prioridad peatonal y acceso restringido al tráfico, aumentando la seguridad vial y
reduciendo las emisiones contaminantes y el ruido.
Con el compromiso de avanzar hacia un Paracuellos de Jarama, más inclusivo, seguro
y sostenible, esta ordenanza, habilita y regula el acceso al limitado espacio público, fomentando los cambios modales en los desplazamientos, facilitando el desarrollo de la actividad
económica, y adecuándose a la evolución demográfica, económica, social y urbanística de
Paracuellos de Jarama.
La presente Ordenanza de Movilidad Sostenible de Paracuellos de Jarama da cumplimiento al principio de seguridad jurídica al ajustarse y desarrollar en el ámbito de las competencias municipales la normativa comunitaria, estatal y autonómica, ofreciendo un marco normativo preciso, amplio, estable y al mismo tiempo flexible para ofrecer solución a
los desafíos presentes y futuros de la movilidad urbana sostenible.
También cumple el principio de proporcionalidad en la medida en que solo recoge aquellas cargas o restricciones estrictamente necesarias para cumplir las razones de interés general
que la motivan, imponiendo el menor número posible de aquellas y de la forma menos restrictiva para los derechos de las personas, y el principio de eficiencia al evitar cargas accesorias o
innecesarias a los ciudadanos, simplificando y racionalizando la gestión administrativa.
Con esta nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible se genera un marco normativo
preciso, actualizado, claro, cierto, predecible y estable, pero dotado a su vez de la imprescindible flexibilidad para ofrecer en su aplicación una solución adecuada a los desafíos presentes y futuros de la movilidad urbana sostenible en Paracuellos de Jarama.
II
Mediante Acuerdo Plenario de 23 de abril de 2013 se aprobó la ordenanza reguladora
del tráfico, circulación y seguridad vial de Paracuellos de Jarama, habiendo transcurrido
BOCM-20220707-78
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE JULIO DE 2022
Pág. 319
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
PARACUELLOS DE JARAMA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Habiéndose aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria
celebrada el día 31 de mayo de 2022, la ordenanza de movilidad sostenible del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama y según establece el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público el texto íntegro de la
ordenanza para su entrada en vigor.
ORDENANZA DE MOVILIDAD SOSTENIBLE DEL AYUNTAMIENTO
DE PARACUELLOS DE JARAMA
I
La movilidad urbana a través de la seguridad vial hace compatible el ejercicio de los
derechos de las personas a la integridad física, a la protección a la salud y al acceso equilibrado al espacio público urbano, configurándose estos, como una de las expresiones de mayor valor cívico de entre todas las formas de convivencia, creando espacios que posibilitan
el ejercicio de estos derechos.
La ordenanza que ahora se presenta, adapta el marco jurídico a la vida cotidiana, implementa medidas y mecanismos que den soluciones al tráfico rodado, al estacionamiento y a
la distribución equilibrada del espacio público, creando Áreas Estanciales peatonales, facilitando el uso peatonal y su convivencia con la circulación de vehículos a motor y vehículos
de movilidad personal, instrumentalizando las técnicas necesarias y la concepción de una visión anticipada de las nuevas necesidades que puedan acontecer en Paracuellos de Jarama,
con relación a la recuperación de ciertos espacios para el uso peatonal.
La implantación de criterios de movilidad sostenible, garantizan la accesibilidad universal, persiguen, conceder más protagonismo al peatón, lo que impulsará la creación de
zonas de prioridad peatonal y acceso restringido al tráfico, aumentando la seguridad vial y
reduciendo las emisiones contaminantes y el ruido.
Con el compromiso de avanzar hacia un Paracuellos de Jarama, más inclusivo, seguro
y sostenible, esta ordenanza, habilita y regula el acceso al limitado espacio público, fomentando los cambios modales en los desplazamientos, facilitando el desarrollo de la actividad
económica, y adecuándose a la evolución demográfica, económica, social y urbanística de
Paracuellos de Jarama.
La presente Ordenanza de Movilidad Sostenible de Paracuellos de Jarama da cumplimiento al principio de seguridad jurídica al ajustarse y desarrollar en el ámbito de las competencias municipales la normativa comunitaria, estatal y autonómica, ofreciendo un marco normativo preciso, amplio, estable y al mismo tiempo flexible para ofrecer solución a
los desafíos presentes y futuros de la movilidad urbana sostenible.
También cumple el principio de proporcionalidad en la medida en que solo recoge aquellas cargas o restricciones estrictamente necesarias para cumplir las razones de interés general
que la motivan, imponiendo el menor número posible de aquellas y de la forma menos restrictiva para los derechos de las personas, y el principio de eficiencia al evitar cargas accesorias o
innecesarias a los ciudadanos, simplificando y racionalizando la gestión administrativa.
Con esta nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible se genera un marco normativo
preciso, actualizado, claro, cierto, predecible y estable, pero dotado a su vez de la imprescindible flexibilidad para ofrecer en su aplicación una solución adecuada a los desafíos presentes y futuros de la movilidad urbana sostenible en Paracuellos de Jarama.
II
Mediante Acuerdo Plenario de 23 de abril de 2013 se aprobó la ordenanza reguladora
del tráfico, circulación y seguridad vial de Paracuellos de Jarama, habiendo transcurrido
BOCM-20220707-78
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS