A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220707-1)
Creación Oficina Atención a la Discapacidad –  Decreto 46/2022, de 6 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula la Oficina de Atención a la Discapacidad de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE JULIO DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
DECRETO 46/2022, de 6 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula la Oficina de Atención a la Discapacidad de la Comunidad de Madrid.

La Constitución Española establece en su artículo 9.2 la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de
los grupos en que se integren sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan
o dificulten la plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
En el ámbito de la Comunidad de Madrid, el artículo 1.3 del Estatuto de Autonomía,
aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, proclama que la Comunidad de Madrid,
al facilitar la plena participación de los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y
social, aspira a hacer realidad los principios de libertad, justicia e igualdad para todos los madrileños y el artículo 7.4 determina que corresponde a los poderes públicos de la Comunidad
de Madrid, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la libertad
y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas.
Por otro lado, el propio Estatuto en su artículo 26.1.1 alude a la competencia exclusiva de la Comunidad de Madrid para determinar la organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno y en el artículo 26.1.23 establece la competencia exclusiva en materia de promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, personas con
discapacidad y demás grupos sociales necesitados de especial atención.
La Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid,
constituye el marco jurídico de actuación al recoger la atención especializada como la estructura destinada a dar respuesta a situaciones y necesidades que requieren una especialización técnica concreta o una disposición de recursos determinados, constituyendo estos últimos, destinados a un mismo sector de atención, una Red Especializada de Servicios
Sociales. En su artículo 44 atribuye al Consejo de Gobierno la iniciativa legislativa en el
ámbito autonómico que le es propio y el desarrollo reglamentario de la legislación autonómica sobre servicios sociales.
Orientadas por la Estrategia Madrileña de Atención a Personas con Discapacidad
(2018-2022), estas medidas abarcan los distintos ámbitos contemplados por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre: salud, protección social, atención integral de carácter habilitador y rehabilitador (que, en el caso de la Comunidad de Madrid, se desarrolla a través de una red de centros y servicios de carácter gratuito), educación, trabajo, vida
independiente, participación social, accesibilidad, etcétera.
De acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, la Comunidad de Madrid desarrolla el principio de transversalidad de las políticas en materia de discapacidad, no se limita únicamente a configurar planes, programas y acciones específicos,
sino que tiene en cuenta las necesidades y demandas de las personas con discapacidad en
los distintos ámbitos de actuación pública que corresponden a sus competencias.
A su vez, el Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de
Madrid garantiza el diálogo civil, recogido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre. Un principio en virtud del cual las organizaciones representativas de personas
con discapacidad y de sus familias participan en la elaboración, ejecución, seguimiento y
evaluación de las políticas públicas que se desarrollan en la esfera de las personas con discapacidad en la región.
Las acciones implementadas por la Comunidad de Madrid en el ámbito de la discapacidad son objeto de análisis en el informe integral sobre la situación y evolución de la discapacidad en España que realiza el Observatorio Estatal de la Discapacidad por mandato
del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
Entre las medidas de acción más importantes se encuentra la reparación de la vulneración de los derechos de las personas con discapacidad a través del procedimiento sancionador, cuyo objeto es garantizar los derechos de las personas con discapacidad persiguiendo
las acciones y omisiones que ocasionen vulneraciones del derecho a la igualdad de oportu-

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