Madrid (BOCM-20220630-53)
Régimen económico. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 154
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
Pág. 273
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
Extracto del Decreto de 28 de junio de 2022, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvención para
la adquisición de vehículos autotaxi con etiqueta CERO emisiones o ECO, CAMBIA 360,
correspondiente a la anualidad 2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Objeto.—Ayudas para la adquisición de vehículos nuevos destinados al
servicio de autotaxi (con exclusión de los eurotaxi) y que reúnan las características previstas en la convocatoria:
Tramo 1:
— Vehículos CERO emisiones eléctricos de batería (BEV) o vehículos de pila de
combustible.
Tramo 2:
— Vehículos CERO emisiones no incluidos en el tramo 1 - vehículo eléctrico de
autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con
una autonomía mínima de 40 kilómetros.
— Vehículos ECO.
Segundo. Personas beneficiarias.—Titulares de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid que hayan adquirido o tengan intención de adquirir, desde el día 31 de
mayo de 2021 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, un
vehículo autotaxi (excluidos los eurotaxis) nuevo con las características previstas en la convocatoria.
Tercero. Procedimiento de concesión.—Procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.
Cuarto. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
de 30 de octubre de 2013.
Quinto. Financiación y cuantía de las ayudas.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a dos millones novecientos veinte mil euros (2.920.000 euros).
La cuantía de la ayuda para los vehículos del tramo 1 será como máximo de 5.000
euros por vehículo.
1.o Si no existiera crédito suficiente en el total consignado en la convocatoria, se repartirá proporcionalmente entre las solicitudes del tramo 1 que reúnan los requisitos establecidos.
2.o Si existiera sobrante en el crédito total consignado en la convocatoria, se destinará a las solicitudes de subvención del tramo 2.
La cuantía de la ayuda para los vehículos del tramo 2 será el 7 por 100 del importe de la
factura del vehículo, IVA excluido, sin que en ningún caso puedan superarse los 5.000 euros
por vehículo.
Si al evaluar las solicitudes de subvención del tramo 2, no existiera crédito suficiente
en el total consignado en la convocatoria, el porcentaje del tramo se reducirá de forma proporcional con el fin de atender todas las solicitudes que cumplan con los requisitos de concesión de la subvención.
BOCM-20220630-53
BDNS: 636337
B.O.C.M. Núm. 154
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
Pág. 273
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
Extracto del Decreto de 28 de junio de 2022, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvención para
la adquisición de vehículos autotaxi con etiqueta CERO emisiones o ECO, CAMBIA 360,
correspondiente a la anualidad 2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Objeto.—Ayudas para la adquisición de vehículos nuevos destinados al
servicio de autotaxi (con exclusión de los eurotaxi) y que reúnan las características previstas en la convocatoria:
Tramo 1:
— Vehículos CERO emisiones eléctricos de batería (BEV) o vehículos de pila de
combustible.
Tramo 2:
— Vehículos CERO emisiones no incluidos en el tramo 1 - vehículo eléctrico de
autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con
una autonomía mínima de 40 kilómetros.
— Vehículos ECO.
Segundo. Personas beneficiarias.—Titulares de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid que hayan adquirido o tengan intención de adquirir, desde el día 31 de
mayo de 2021 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, un
vehículo autotaxi (excluidos los eurotaxis) nuevo con las características previstas en la convocatoria.
Tercero. Procedimiento de concesión.—Procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.
Cuarto. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
de 30 de octubre de 2013.
Quinto. Financiación y cuantía de las ayudas.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a dos millones novecientos veinte mil euros (2.920.000 euros).
La cuantía de la ayuda para los vehículos del tramo 1 será como máximo de 5.000
euros por vehículo.
1.o Si no existiera crédito suficiente en el total consignado en la convocatoria, se repartirá proporcionalmente entre las solicitudes del tramo 1 que reúnan los requisitos establecidos.
2.o Si existiera sobrante en el crédito total consignado en la convocatoria, se destinará a las solicitudes de subvención del tramo 2.
La cuantía de la ayuda para los vehículos del tramo 2 será el 7 por 100 del importe de la
factura del vehículo, IVA excluido, sin que en ningún caso puedan superarse los 5.000 euros
por vehículo.
Si al evaluar las solicitudes de subvención del tramo 2, no existiera crédito suficiente
en el total consignado en la convocatoria, el porcentaje del tramo se reducirá de forma proporcional con el fin de atender todas las solicitudes que cumplan con los requisitos de concesión de la subvención.
BOCM-20220630-53
BDNS: 636337