C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220630-18)
Concesión subvenciones –  Orden 1471/2022, de 27 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos piloto de innovación social, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextGenerationEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 154

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022

Pág. 107

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
ORDEN 1471/2022, de 27 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del
procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos
piloto de innovación social, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextGenerationEU.

Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia internacional provocada por la COVID-19, los Estados miembros de la Unión Europea adoptaron
con rapidez medidas coordinadas de emergencia para proteger la salud de la ciudadanía y
evitar el colapso de la economía.
El Consejo Europeo del 21 de julio de 2020, consciente de la necesidad en este momento histórico de un esfuerzo sin precedentes y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un
paquete de medidas de gran alcance.
Posteriormente se aprobó el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, que ha sido objeto de regulación nacional mediante el Real Decreto-Ley 36/2020,
de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030 participa de forma relevante y como órgano instructor en
el Componente 22 “Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión”, encuadrado en el área política VIII “Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo”. Este componente responde a la necesidad de modernización, el reforzamiento y la transformación de los servicios sociales en España, de forma que estos sean
capaces de responder a los desafíos y retos del momento, poniendo a las personas en la centralidad de las políticas públicas, especialmente a aquellas más vulnerables en las situaciones
de crisis. Las medidas (reformas e inversiones) contempladas en el componente 22 buscan
transformar los servicios sociales desde una perspectiva innovadora para responder, de la mejor manera posible, a las necesidades urgentes de una parte considerable de la ciudadanía.
Corresponde a la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, el desarrollo de actuaciones dentro de la citada Política Palanca VIII
“Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo”, recogidos en el componente 22
“Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión”.
En su virtud, se suscribió el correspondiente convenio de colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad de Madrid para la ejecución de
proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación
y Resiliencia, de fecha 13 de diciembre de 2021. En el Anexo III del mismo se recoge, como
proyecto n.o 4 “Experimentación de innovaciones en los servicios sociales” (línea C22.I2),
el subproyecto “Convocatoria de subvenciones para desarrollar proyectos de innovación
social”, al que se refiere esta Orden. En ella se integran las bases reguladoras y la convocatoria en solo instrumento jurídico, como consecuencia de la habilitación concedida al efecto
en el artículo 61.1 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, con el objeto de simplificar los requisitos internos para la aprobación de convocatorias.
El contenido de esta Orden se ajusta a los principios de necesidad y eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, de acuerdo con el artículo 129 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el procedimiento de elaboración, la Orden ha sido sometida a informe de la Dirección general de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, de la Dirección General de
Transparencia y Atención al Ciudadano, según se prevé en el artículo 4.g) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de

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