Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas (BOCM-20220623-86)
Régimen económico. Ordenanza fiscal prestaciones emergencia social
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE JUNIO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 148

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
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MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES
LAS CAÑADAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales “Las Cañadas” en sesión celebrada
el día 28 de abril de 2022 ha aprobado inicialmente la ordenanza fiscal reguladora de las prestaciones sociales de carácter económico para situaciones de especial necesidad y/o emergencia
social en la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales “Las Cañadas”.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de la Junta de la Mancomunidad
sobre la aprobación de la ordenanza fiscal reguladora de las prestaciones sociales de carácter económico para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social en la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales “Las Cañadas”, cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanza fiscal reguladora de las prestaciones sociales de carácter económico para
situaciones de especial necesidad y/o emergencia social en la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales “Las Cañadas”.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La presente ordenanza regula el procedimiento para la valoración y concesión de ayudas económicas de especial necesidad y/o emergencia social, destinadas a apoyar a personas y/o familias con el objetivo de favorecer la superación de situaciones en las que concurra una necesidad económica coyuntural y que permitan en un tiempo determinado mejorar
la situación de vulnerabilidad planteada.
Las ayudas que regula esta ordenanza son un instrumento que tiene como finalidad
evitar la exclusión social de las personas empadronadas en la Mancomunidad y favorecer
la integración social de una forma proactiva, siempre dentro del marco de una intervención
social y siendo un apoyo de la misma. Se aplicarán en situaciones de necesidad socio-económica individual o familiar, dentro de los límites económicos de los presupuestos de la
Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales “Las Cañadas”.

La Constitución española en su artículo 39 establece que “los poderes públicos garantizan
la protección social, económica y jurídica de la familia”. En el artículo 148.1.20 se facilita a las
Comunidad de Autónomas a asumir competencias en materia de asistencia social.
Dentro de las competencias municipales que recoge la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se establece en su artículo 25.2, apartado e) “Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social”.
Esto mismo es recogido también en la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, que establece en su artículo 46 como competencia municipal “la concesión de las prestaciones económicas individuales para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social y de ayudas económicas temporales que tengan por
objeto la integración personal”.
La Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 14 define las prestaciones del sistema público de Servicios Sociales como actuaciones o medios que, “como forma de protección singular, se ofrecen a las personas o
grupos en que estas se integran para alcanzar, restablecer o mejorar su bienestar”, pudiendo ser estas prestaciones individuales de carácter técnico, económico o material.
El artículo 17 define que las prestaciones económicas serán de carácter periódico o de
pago único y tienen como finalidad facilitar la integración social de las personas o familias,
“apoyar el cuidado de personas dependientes, paliar situaciones transitorias de necesidad o
garantizar mínimos de subsistencia”.

BOCM-20220623-86

FUNDAMENTACIÓN LEGAL