D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220623-30)
Convenio – Convenio de colaboración de 2 de junio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Nuevo Baztán, para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los Servicios Sociales de las Entidades Locales para el año 2022
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 176
JUEVES 23 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 148
ANEXO II
ATENCIÓN SOCIAL PRIMARIA
IMPORTE TOTAL del Anexo II para 2022
9.475,88
Aportación Comunidad de Madrid
4.737,94
Aportación Entidad Local
4.737,94
Por los Servicios Sociales de Atención Primaria se harán efectivas las prestaciones básicas de
servicios sociales de carácter técnico, económico o material, establecidas por la Ley 11/2003, de
27 de marzo de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, y conforme a las funciones que la
referida Ley atribuye a la atención primaria. Igualmente se llevará a cabo el ejercicio de las
competencias que el artículo 39 de la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, atribuye a los
Ayuntamientos, tanto en lo referente a la prestación económica como al derecho a los apoyos
personalizados para la inserción social y laboral.
Delimitación de programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA
INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN, ASESORAMIENTO,
DIAGNOSTICO Y VALORACIÓN
EMERGENCIA SOCIAL
PREVENCIÓN, INSERCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL
TOTAL
FINANCIA CM
%
0,00
50
0,00
50
0,00
4.737,94
50
4.737,94
50
9.475,88
0,00
50
0,00
50
4.737,94
FINANCIA EL
4.737,94
%
TOTAL
0,00
9.475,88
Con carácter general dentro de cada uno de los Programas pueden quedar incluidas las
prestaciones y servicios que se concretan en cada caso.
1. PROGRAMA DE INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN, ASESORAMIENTO, DIAGNÓSTICO Y
VALORACIÓN
Comprende el conjunto de prestaciones que se configuran como la puerta de entrada al Sistema
Público de Servicios Sociales. Facilitan a las personas el acceso a los recursos, garantizan el
acceso a otros sistemas de protección social y proporcionan apoyo en la realización de gestiones y
tramitación de las diferentes prestaciones de servicios sociales y del sistema de protección social.
Destinado a la atención de necesidades motivadas por circunstancias excepcionales, que
requieren de ayudas económicas de carácter transitorio, que pueden ser de pago único o
periódico, destinadas a facilitar la superación de esas situaciones en las que concurra una
necesidad económica circunstancial.
Se trata de prestaciones puntuales económicas y/o en especie, de carácter temporal y urgente, y
que pueden ser relativas a:
a) Ayudas familiares: Se consideran como tales aquellas ayudas puntuales de apoyo a procesos
de integración social y prevención de situaciones de riesgo que afecten a personas o grupos
familiares. Se trata de ayudas destinadas a cubrir necesidades básicas de subsistencia y
ayudas por acogimientos familiares.
b) Vivienda: Este tipo de ayudas económicas se conceden puntualmente para alquileres, fianzas,
desahucios y gastos corrientes derivados del mantenimiento y conservación de la vivienda.
c) Pobreza energética: Ayudas específicas para el pago de facturas de energía eléctrica y de gas
a hogares en situación de pobreza energética.
d) Alimentos: Son ayudas puntuales destinadas a alimentación, ayudas para comedores (excepto
comedores escolares), vales de comida, pago directo a casas suministradoras, bolsas de
alimentos, leches infantiles, entre otras, que de forma puntual o con escasa periodicidad
gestione el centro de servicios sociales. Aparecerán claramente diferenciadas de otras ayudas
que se puedan incluir entre otras finalidades destinadas a la manutención del grupo familiar.
e) Ayudas complementarias: Son aquellas ayudas puntuales relacionadas con la atención al
menor y a la familia, cuyo objeto sea la cobertura de gastos de carácter extraordinario: libros,
material escolar, transporte escolar o de otro tipo, formación no reglada, actividades
ocupacionales, campamentos, ayudas económicas destinadas a tratamientos especializados,
gastos farmacéuticos, prótesis, y otras.
f) Otras ayudas: Comprende otras ayudas, también de carácter excepcional, no tipificadas en
epígrafes anteriores.
BOCM-20220623-30
2. PROGRAMA DE EMERGENCIA SOCIAL
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 176
JUEVES 23 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 148
ANEXO II
ATENCIÓN SOCIAL PRIMARIA
IMPORTE TOTAL del Anexo II para 2022
9.475,88
Aportación Comunidad de Madrid
4.737,94
Aportación Entidad Local
4.737,94
Por los Servicios Sociales de Atención Primaria se harán efectivas las prestaciones básicas de
servicios sociales de carácter técnico, económico o material, establecidas por la Ley 11/2003, de
27 de marzo de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, y conforme a las funciones que la
referida Ley atribuye a la atención primaria. Igualmente se llevará a cabo el ejercicio de las
competencias que el artículo 39 de la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, atribuye a los
Ayuntamientos, tanto en lo referente a la prestación económica como al derecho a los apoyos
personalizados para la inserción social y laboral.
Delimitación de programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA
INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN, ASESORAMIENTO,
DIAGNOSTICO Y VALORACIÓN
EMERGENCIA SOCIAL
PREVENCIÓN, INSERCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL
TOTAL
FINANCIA CM
%
0,00
50
0,00
50
0,00
4.737,94
50
4.737,94
50
9.475,88
0,00
50
0,00
50
4.737,94
FINANCIA EL
4.737,94
%
TOTAL
0,00
9.475,88
Con carácter general dentro de cada uno de los Programas pueden quedar incluidas las
prestaciones y servicios que se concretan en cada caso.
1. PROGRAMA DE INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN, ASESORAMIENTO, DIAGNÓSTICO Y
VALORACIÓN
Comprende el conjunto de prestaciones que se configuran como la puerta de entrada al Sistema
Público de Servicios Sociales. Facilitan a las personas el acceso a los recursos, garantizan el
acceso a otros sistemas de protección social y proporcionan apoyo en la realización de gestiones y
tramitación de las diferentes prestaciones de servicios sociales y del sistema de protección social.
Destinado a la atención de necesidades motivadas por circunstancias excepcionales, que
requieren de ayudas económicas de carácter transitorio, que pueden ser de pago único o
periódico, destinadas a facilitar la superación de esas situaciones en las que concurra una
necesidad económica circunstancial.
Se trata de prestaciones puntuales económicas y/o en especie, de carácter temporal y urgente, y
que pueden ser relativas a:
a) Ayudas familiares: Se consideran como tales aquellas ayudas puntuales de apoyo a procesos
de integración social y prevención de situaciones de riesgo que afecten a personas o grupos
familiares. Se trata de ayudas destinadas a cubrir necesidades básicas de subsistencia y
ayudas por acogimientos familiares.
b) Vivienda: Este tipo de ayudas económicas se conceden puntualmente para alquileres, fianzas,
desahucios y gastos corrientes derivados del mantenimiento y conservación de la vivienda.
c) Pobreza energética: Ayudas específicas para el pago de facturas de energía eléctrica y de gas
a hogares en situación de pobreza energética.
d) Alimentos: Son ayudas puntuales destinadas a alimentación, ayudas para comedores (excepto
comedores escolares), vales de comida, pago directo a casas suministradoras, bolsas de
alimentos, leches infantiles, entre otras, que de forma puntual o con escasa periodicidad
gestione el centro de servicios sociales. Aparecerán claramente diferenciadas de otras ayudas
que se puedan incluir entre otras finalidades destinadas a la manutención del grupo familiar.
e) Ayudas complementarias: Son aquellas ayudas puntuales relacionadas con la atención al
menor y a la familia, cuyo objeto sea la cobertura de gastos de carácter extraordinario: libros,
material escolar, transporte escolar o de otro tipo, formación no reglada, actividades
ocupacionales, campamentos, ayudas económicas destinadas a tratamientos especializados,
gastos farmacéuticos, prótesis, y otras.
f) Otras ayudas: Comprende otras ayudas, también de carácter excepcional, no tipificadas en
epígrafes anteriores.
BOCM-20220623-30
2. PROGRAMA DE EMERGENCIA SOCIAL