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Convenio –  Convenio de 4 de mayo de 2022, entre la Administración General del Estado (Ministerio de Trabajo y Economía Social) y la Comunidad de Madrid para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de empresas acreditadas en el sector de la construcción
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE JUNIO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 147

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
35

CONVENIO de 4 de mayo de 2022, entre la Administración General del Estado
(Ministerio de Trabajo y Economía Social) y la Comunidad de Madrid para el
funcionamiento por medios electrónicos del registro de empresas acreditadas en
el sector de la construcción.
Madrid, a 4 de mayo de 2022.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Yolanda Díaz Pérez, en su condición de Vicepresidenta Segunda del Gobierno, nombrada por el Real Decreto 523/2021 de 10 de julio y Ministra de Trabajo y Economía Social, nombrada por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero,
y en uso de sus atribuciones conferidas en virtud del artículo 61.K) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, la Excma. Sra. D.a Isabel Natividad Díaz Ayuso, en su condición de Presidenta de la Comunidad de Madrid, nombrada por el Real Decreto 439/2021, de 18 de junio
(“Boletín Oficial del Estado” número 146, de 19 de junio) y en uso de sus atribuciones conferidas en el artículo 17 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y del artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional
de la Comunidad de Madrid.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir.
EXPONEN
El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, atribuye al Ministerio de Trabajo y Economía Social la propuesta y ejecución
de la política del Gobierno en materia de empleo, economía social y responsabilidad social de
las empresas.
Por otro lado a la Comunidad de Madrid le corresponde competencia de ejecución de
la legislación del Estado en materia laboral, de acuerdo con el artículo 28.1.12 de su Estatuto de Autonomía aprobado por Ley orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de acuerdo a la modificación realizada por la Ley orgánica 5/1998, de 7 de julio. Entre tales competencias se
encuentran el registro y depósito de los convenios colectivos de ámbito sectorial y de empresa de la Comunidad de Madrid, el depósito de estatutos de las organizaciones sindicales
y asociaciones empresariales y la autorización para realizar la actividad de empresas de trabajo temporal, su registro, seguimiento y control.

El 28 de enero de 2009 se suscribió, entre el entonces Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Comunidad de Madrid, un convenio de colaboración para el funcionamiento del
Registro de Empresas Acreditadas (REA) para intervenir en el proceso de contratación en el
sector de la construcción, cuya finalidad era establecer las bases de colaboración para el intercambio de datos entre la aplicación electrónica del citado Ministerio, que da soporte al Registro de Empresas Acreditadas como base de datos general y la aplicación propia de la Comunidad de Madrid, que da soporte a su propio Registro de Empresas Acreditadas en base a
la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se
desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de
la Construcción, que permite esta posibilidad a las diferentes Comunidades Autónomas.
Segundo
El funcionamiento de estas aplicaciones informáticas ha permitido la creación de una
base de datos general en la que constan los datos de todas las empresas inscritas en los regis-

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