D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220621-27)
Convenio – Convenio de colaboración de 26 de mayo de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Navas del Rey, para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los Servicios Sociales de las Entidades Locales, para el año 2022
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 146
MARTES 21 DE JUNIO DE 2022
Pág. 175
requerimiento en 20 días hábiles y se señala que la resolución del convenio no conlleva indemnización alguna, procediendo exclusivamente el reintegro de la aportación de la Comunidad de
Madrid que no hubiera sido gastada y pagada a la fecha de la extinción del convenio.
Decimoctava
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en
su artículo 6, así como a las normas generales de derecho administrativo, los principios de
buena administración y el ordenamiento jurídico en general.
Decimonovena
Resolución de controversias
BOCM-20220621-27
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las partes acuerdan someter las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión de seguimiento del presente convenio, a los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa de Madrid.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 26 de mayo de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social,
doña María Concepción Dancausa Treviño.—El Alcalde del Ayuntamiento de Navas del
Rey, don Jaime Peral Pedrero.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 146
MARTES 21 DE JUNIO DE 2022
Pág. 175
requerimiento en 20 días hábiles y se señala que la resolución del convenio no conlleva indemnización alguna, procediendo exclusivamente el reintegro de la aportación de la Comunidad de
Madrid que no hubiera sido gastada y pagada a la fecha de la extinción del convenio.
Decimoctava
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en
su artículo 6, así como a las normas generales de derecho administrativo, los principios de
buena administración y el ordenamiento jurídico en general.
Decimonovena
Resolución de controversias
BOCM-20220621-27
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las partes acuerdan someter las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión de seguimiento del presente convenio, a los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa de Madrid.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 26 de mayo de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social,
doña María Concepción Dancausa Treviño.—El Alcalde del Ayuntamiento de Navas del
Rey, don Jaime Peral Pedrero.