Humanes de Madrid (BOCM-20220620-64)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 145
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE JUNIO DE 2022
Pág. 251
sario que posea titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas
convocadas.
Los miembros del Tribunal, los/as Asesores/as especialistas, el Personal de apoyo, los
Ayudantes administrativos y las personas con funciones de observación deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en
el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
o en el artículo 13.2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
6. Sistema de selección: oposición
La selección de los aspirantes se llevará a efecto mediante el sistema de oposición y
constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios.
— Primer ejercicio: De carácter eliminatorio, consistirá en el desarrollo por escrito,
durante un tiempo máximo de 2 horas, de dos temas extraídos al azar, uno de carácter Común y otro de carácter Específico del programa que figura como Anexo
a estas bases.
— Segundo ejercicio. De carácter eliminatorio, consistirá en contestar por escrito un
cuestionario tipo test sobre el contenido del programa que figura como Anexo a
estas bases. El cuestionario estará compuesto por 50 preguntas, cada una de las
cuales tendrá tres respuestas alternativa siendo una de ellas la correcta. Todo ello
en un tiempo de sesenta minutos. Este ejercicio obtendrá una puntuación máxima
de 10 puntos. La puntuación de cada una de las respuestas contestadas correctamente será de 0,20 puntos, restándose 0,1 puntos de cada pregunta contestada incorrectamente.
— Tercer ejercicio. De carácter eliminatorio, consistirá en la resolución por escrito
de dos supuestos prácticos, referentes a las funciones del puesto convocado, durante un periodo máximo de 2 horas, y que estarán relacionados con las materias
de carácter Específico del programa. No podrán consultarse textos legales.
Cada uno de los ejercicios se calificará hasta un máximo de 10 puntos. Los aspirantes
que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de los ejercicios serán eliminados.
El Tribunal Calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación mínima de cinco puntos de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada ejercicio.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en
los tres ejercicios, de aquellos candidatos que hayan obtenido un mínimo de 5 puntos en
cada uno de ellos.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: primero, mejor puntuación en el tercer ejercicio de la fase de oposición; segundo,
mejor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición y tercero, mejor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición. De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de los/as aspirantes empatados/as, de conformidad con la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la
Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
En consideración a que es una única plaza la que se convoca, el Tribunal declarará
aprobado proponiendo su nombramiento al Sr. Alcalde, a aquel único aspirante cuya calificación final haya sido la de mayor puntuación, quedando eliminados todos los aspirantes
con calificación final inferior, sin que, por tanto, se pueda considerar que hayan superado
el presente proceso selectivo. El Tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
8. Lista de espera
Una vez finalizado el proceso selectivo, y siempre que el Ayuntamiento lo considerase necesario, se podrá formar una lista de espera, con los aspirantes no aprobados, a los
efectos de su posible nombramiento como funcionarios interinos en el puesto convocado,
de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por
el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados
BOCM-20220620-64
7. Calificación final
B.O.C.M. Núm. 145
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE JUNIO DE 2022
Pág. 251
sario que posea titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas
convocadas.
Los miembros del Tribunal, los/as Asesores/as especialistas, el Personal de apoyo, los
Ayudantes administrativos y las personas con funciones de observación deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en
el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
o en el artículo 13.2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
6. Sistema de selección: oposición
La selección de los aspirantes se llevará a efecto mediante el sistema de oposición y
constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios.
— Primer ejercicio: De carácter eliminatorio, consistirá en el desarrollo por escrito,
durante un tiempo máximo de 2 horas, de dos temas extraídos al azar, uno de carácter Común y otro de carácter Específico del programa que figura como Anexo
a estas bases.
— Segundo ejercicio. De carácter eliminatorio, consistirá en contestar por escrito un
cuestionario tipo test sobre el contenido del programa que figura como Anexo a
estas bases. El cuestionario estará compuesto por 50 preguntas, cada una de las
cuales tendrá tres respuestas alternativa siendo una de ellas la correcta. Todo ello
en un tiempo de sesenta minutos. Este ejercicio obtendrá una puntuación máxima
de 10 puntos. La puntuación de cada una de las respuestas contestadas correctamente será de 0,20 puntos, restándose 0,1 puntos de cada pregunta contestada incorrectamente.
— Tercer ejercicio. De carácter eliminatorio, consistirá en la resolución por escrito
de dos supuestos prácticos, referentes a las funciones del puesto convocado, durante un periodo máximo de 2 horas, y que estarán relacionados con las materias
de carácter Específico del programa. No podrán consultarse textos legales.
Cada uno de los ejercicios se calificará hasta un máximo de 10 puntos. Los aspirantes
que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de los ejercicios serán eliminados.
El Tribunal Calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación mínima de cinco puntos de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada ejercicio.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en
los tres ejercicios, de aquellos candidatos que hayan obtenido un mínimo de 5 puntos en
cada uno de ellos.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: primero, mejor puntuación en el tercer ejercicio de la fase de oposición; segundo,
mejor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición y tercero, mejor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición. De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de los/as aspirantes empatados/as, de conformidad con la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la
Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
En consideración a que es una única plaza la que se convoca, el Tribunal declarará
aprobado proponiendo su nombramiento al Sr. Alcalde, a aquel único aspirante cuya calificación final haya sido la de mayor puntuación, quedando eliminados todos los aspirantes
con calificación final inferior, sin que, por tanto, se pueda considerar que hayan superado
el presente proceso selectivo. El Tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
8. Lista de espera
Una vez finalizado el proceso selectivo, y siempre que el Ayuntamiento lo considerase necesario, se podrá formar una lista de espera, con los aspirantes no aprobados, a los
efectos de su posible nombramiento como funcionarios interinos en el puesto convocado,
de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por
el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados
BOCM-20220620-64
7. Calificación final