Cenicientos (BOCM-20220509-69)
Organización y funcionamiento. Reglamento cementerio y tanatorio
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE MAYO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 109

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69

CENICIENTOS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio del Reglamento de Régimen Interior del Cementerio y Tanatorio Municipal de Cenicientos, cuyo
texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CEMENTERIO
Y TANATORIO MUNICIPAL DE CENICIENTOS
Capítulo I

Artículo 1. El presente Reglamento tiene como objeto la regulación del funcionamiento, condiciones y formas de prestación del Servicio del Cementerio Municipal y del
Tanatorio Municipal, así como de las relaciones entre el Ayuntamiento y los usuarios que
aquellos generan en base a lo establecido en la legislación estatal y en el decreto 124/1997,
de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad de Madrid.
Art. 2. El Ayuntamiento de Cenicientos prestará los Servicios de Cementerio, ejerciendo sus competencias, en lo que proceda en cada caso, mediante la fórmula de gestión
directa o indirecta, de conformidad con lo previsto básicamente en los artículos 55 y 95 del
Real Decreto 781/1986 y artículos 85 y 25.2.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local.
Art. 3. El servicio de cementerio se prestará orientado por los siguientes principios:
a) La consecución de la satisfacción del ciudadano.
b) Intentar paliar el sufrimiento de los familiares y allegados de los sufrientes vinculados a la prestación del servicio.
c) La sostenibilidad actual y futura del Servicio de Cementerio, incluida la sostenibilidad financiera.
d) La consecución de la eficacia y eficiencia en la prestación del servicio cuya realización estará basada en la ética y el respeto requeridos.
e) La realización profesional de sus trabajadores y el mantenimiento de su seguridad
y salud laboral.
f) Contribuir al cambio de mentalidad de la sociedad respecto al tratamiento de la
muerte, mediante actuaciones de ámbito paisajístico-urbano, urbanístico, social y
cultural.
g) Contribuir a la visión del buen hacer del gobierno del Ayuntamiento en el Municipio para sus ciudadanos.
h) Contribuir a la sostenibilidad local y la salud de los ciudadanos.
Art. 4. Corresponde al Ayuntamiento de Cenicientos, bien directamente o indirectamente:
a) La organización, conservación y acondicionamiento del Cementerio Municipal y
de sus servicios e instalaciones.
b) La autorización en el Cementerio Municipal para la realización de cualquier tipo
de obras o instalaciones, así como su dirección e inspección.
c) El otorgamiento de las unidades de enterramiento y el reconocimiento de los derechos funerarios de cualquier clase, expidiendo el correspondiente título de derecho funerario.

BOCM-20220509-69

Disposiciones generales