Madrid número 16 (BOCM-20220509-106)
Ejecución 40/2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 109
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE MAYO DE 2022
Pág. 405
BOCM-20220509-106
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
D./Dña. CATALINA PÉREZ NORIEGA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA: Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a
los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.
D./Dña. ROSA MARIA LOZANO BLANCO.
En Madrid, a siete de abril de dos mil veintidós
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 21/01/2022, a la empresa DOMINGO NIETO DECORACION SL en favor del/de los demandante/s D./Dña. IULIAN DRAGUT y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en
C/ Princesa, 3, Planta 4, 28008, el día 06/07/2022, a las 12:15 horas, que solo versará sobre
la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos
los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese las partes demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su
presencia.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no
obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito
en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el
recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DOMINGO NIETO DECORACION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a siete de abril de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.724/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 109
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE MAYO DE 2022
Pág. 405
BOCM-20220509-106
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
D./Dña. CATALINA PÉREZ NORIEGA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA: Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a
los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.
D./Dña. ROSA MARIA LOZANO BLANCO.
En Madrid, a siete de abril de dos mil veintidós
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 21/01/2022, a la empresa DOMINGO NIETO DECORACION SL en favor del/de los demandante/s D./Dña. IULIAN DRAGUT y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en
C/ Princesa, 3, Planta 4, 28008, el día 06/07/2022, a las 12:15 horas, que solo versará sobre
la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos
los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese las partes demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su
presencia.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no
obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito
en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el
recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DOMINGO NIETO DECORACION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a siete de abril de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.724/22)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791