D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220509-38)
Convenio – Convenio de 21 de abril de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Aldeas Infantiles SOS de España para la promoción de un programa de apoyo al acogimiento en familia extensa
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BOCM
Pág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE MAYO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 109
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
38
CONVENIO de 21 de abril de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de
Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Aldeas Infantiles SOS de España para la promoción de un programa de apoyo al acogimiento en familia extensa.
En Madrid, a 21 de abril de 2022.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de
Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. David López López, en nombre y representación de la Asociación Aldeas
Infantiles SOS de España (en adelante Aldeas Infantiles SOS), inscrita en el Registro de
Asociaciones de la Comunidad de Madrid con el número 41.723, con domicilio social en
Madrid, calle Angelita Cavero, número 9 y CIF número G-28821254, actuando en uso de
las facultades conferidas, en virtud de la escritura de fecha 3 de abril de 2019, otorgada ante
el notario de Madrid D. Nunilo Pérez Fernández, y con número de protocolo 321.
Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio, y
EXPONEN
Primero
La Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 26.1.24 de su Estatuto de Autonomía,
aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, tiene atribuida competencia exclusiva en protección y tutela de menores y desarrollo de políticas de promoción integral de la
juventud. Y en particular, corresponde a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, entre otras funciones, el impulso de políticas de protección a la infancia y a la familia desde criterios de igualdad, solidaridad y defensa del interés superior
del menor, el desarrollo y seguimiento de los servicios sociales en materia de infancia, adolescencia, natalidad y trabajo social familiar, la promoción de recursos y actuaciones dirigidos a la consecución del bienestar social de la infancia y la adolescencia así como el impulso de la investigación para un mejor conocimiento de la situación y problemas de la
infancia, la adolescencia y la familia en la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 11 del Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud
y Política Social.
Que en el ámbito de la protección de niños/as o adolescentes de la Comunidad de
Madrid, se establece que el objeto del presente Convenio es el apoyo y asistencia al acogimiento familiar en familia extensa, entendido el acogimiento como el instrumento legal de
protección de niños, niñas y adolescentes (en adelante NNA) cuyos padres no pueden dispensarles los cuidados necesarios para su adecuado desarrollo como personas, mediante el
cual, el menor es insertado plenamente –de forma transitoria, permanente o con vistas a una
posible adopción– dentro de un ambiente familiar sustitutivo o complementario del propio,
que le asegure la asistencia moral y material adecuada a sus necesidades, debiendo orientarse toda actuación a la reinserción dentro de la propia familia.
BOCM-20220509-38
Segundo
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LUNES 9 DE MAYO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 109
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Política Social
38
CONVENIO de 21 de abril de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de
Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Aldeas Infantiles SOS de España para la promoción de un programa de apoyo al acogimiento en familia extensa.
En Madrid, a 21 de abril de 2022.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de
Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. David López López, en nombre y representación de la Asociación Aldeas
Infantiles SOS de España (en adelante Aldeas Infantiles SOS), inscrita en el Registro de
Asociaciones de la Comunidad de Madrid con el número 41.723, con domicilio social en
Madrid, calle Angelita Cavero, número 9 y CIF número G-28821254, actuando en uso de
las facultades conferidas, en virtud de la escritura de fecha 3 de abril de 2019, otorgada ante
el notario de Madrid D. Nunilo Pérez Fernández, y con número de protocolo 321.
Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio, y
EXPONEN
Primero
La Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 26.1.24 de su Estatuto de Autonomía,
aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, tiene atribuida competencia exclusiva en protección y tutela de menores y desarrollo de políticas de promoción integral de la
juventud. Y en particular, corresponde a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, entre otras funciones, el impulso de políticas de protección a la infancia y a la familia desde criterios de igualdad, solidaridad y defensa del interés superior
del menor, el desarrollo y seguimiento de los servicios sociales en materia de infancia, adolescencia, natalidad y trabajo social familiar, la promoción de recursos y actuaciones dirigidos a la consecución del bienestar social de la infancia y la adolescencia así como el impulso de la investigación para un mejor conocimiento de la situación y problemas de la
infancia, la adolescencia y la familia en la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 11 del Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud
y Política Social.
Que en el ámbito de la protección de niños/as o adolescentes de la Comunidad de
Madrid, se establece que el objeto del presente Convenio es el apoyo y asistencia al acogimiento familiar en familia extensa, entendido el acogimiento como el instrumento legal de
protección de niños, niñas y adolescentes (en adelante NNA) cuyos padres no pueden dispensarles los cuidados necesarios para su adecuado desarrollo como personas, mediante el
cual, el menor es insertado plenamente –de forma transitoria, permanente o con vistas a una
posible adopción– dentro de un ambiente familiar sustitutivo o complementario del propio,
que le asegure la asistencia moral y material adecuada a sus necesidades, debiendo orientarse toda actuación a la reinserción dentro de la propia familia.
BOCM-20220509-38
Segundo