Griñón (BOCM-20220405-69)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 81

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE ABRIL DE 2022

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Octava. Relación de aprobados, acreditación de requisitos y nombramiento
Una vez terminada la evaluación de los aspirantes se vendrá a adjudicar provisionalmente el puesto convocado, con arreglo al resultado de dicha evaluación.
El resultado del concurso se reflejará en una relación comprensiva de la totalidad del
personal concursante, ordenada de mayor a menor puntación, con indicación para cada concursante de la puntación obtenida en cada apartado.
Esta relación será expuesta al público en los locales del Ayuntamiento y en la sede
electrónica de este Ayuntamiento durante el plazo de diez días hábiles, durante los cuales
los concursantes podrán formular reclamaciones.
Transcurrido dicho plazo y resueltas las reclamaciones la Comisión formulará propuesta definitiva de adjudicación del puesto, remitiéndola al órgano convocante para su publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento tras resolución motivada de este.
El concursante que obtenga el puesto de trabajo deberá tomar posesión con efectos del
primer día del mes inmediato posterior, salvo aplazamiento acordado por la Entidad.
Novena. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.

BOCM-20220405-69

activo como jefe de Negociado, serán de 0,50 puntos. La experiencia profesional
se acreditará mediante certificado expedido por la secretaría de la Administración
Pública correspondiente a la prestación de servicios.
b) Cursos de formación (puntuación máxima 2,5 puntos): serán susceptibles de valoración los cursos de formación específicos relacionados directamente con la función a realizar a los que haya asistido el candidato en concepto de alumno. Los títulos, diplomas o certificados que justifiquen la formación deben estar expedidos
por la Comunidad de Madrid, Universidades o Centros Oficiales reconocidos por
el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, así como los cursos acogidos al
Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas, debiendo constar
el número de horas o créditos (si no se indica la equivalencia crédito/hora, no se
valorará) para su valoración y, en su caso, el programa del curso para permitir valorar la adecuación del contenido del mismo a las funciones a desempeñar. No se
valorarán en ningún caso:
— Cursos cuya duración sea inferior a 50 horas lectivas.
— Cursos con un contenido obsoleto. Se considerará obsoleto aquellos que se
hayan impartido antes del año 2009, tomando como referencia la fecha de expedición del título.
— Cursos en los que no se pueda determinar la relación de su contenido con las
funciones a desempeñar.
— Actividades distintas de los cursos, tales como: jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogos. Los seminarios solo se valorarán si se acredita
que tienen la misma naturaleza y metodología que los cursos.
La valoración de los títulos, diplomas o certificados de formación debidamente
acreditados se realizará de acuerdo con la siguiente escala, por cada curso de los
anteriormente descritos como válidos, de duración mayor o igual a 50 horas:
— De 50 a 75 horas: 0,002 puntos por cada hora.
— De 100 horas en adelante: 0,004 puntos por cada hora.
— Idiomas: nivel B2 o superior, a razón de 0,10 por idioma hasta un máximo
de 0,30 puntos.
c) Titulaciones (puntuación máxima 3,5 puntos):
— Titulación de Bachillerato o equivalente: 0,5 puntos.
— Titulación universitaria de diplomado o equivalente: 1 punto.
— Titulación universitaria de Grado o equivalente: 1,5 puntos.
— Titulación de Doctorado: 2 puntos.
d) Haber sido nombrado de forma accidental para cubrir puestos de habilitado nacional: (puntuación máxima 1,5 puntos): por cada mes completo o fracción igual o
superior a quince días, serán de 0,20 puntos. La experiencia profesional se acreditará mediante certificado expedido por la secretaría de la Administración Pública
correspondiente a la prestación de servicios.