C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220323-21)
Tramitación expedientes personas desplazadas Ucrania –  Resolución 1176/2022, de 14 de marzo, de la Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación, por la que se establecen los criterios que han de regir la tramitación de expedientes de autorización y comunicación previa relativos a la atención a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022

Pág. 161

Primero
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se aplicará la
tramitación de urgencia a los expedientes de autorización y comunicación previa relativos
a la atención a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania, considerándose incluida
en tal calificación a las contempladas en la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo Europeo, de 4 de marzo de 2022, por la que se constata la existencia de una afluencia
masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania en el sentido del artículo 5 de la
Directiva 2001/55/CE, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2022,
por el que se amplía la protección temporal otorgada en virtud de dicha Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar
refugio en España.
Segundo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
se dará prioridad absoluta a la tramitación de los expedientes referidos en el apartado Primero de esta resolución, tanto respecto a la resolución e inscripción solicitadas como al
ejercicio de las facultades de comprobación, control e inspección.
Tercero
La atención a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania podrá prestarse, preferentemente, mediante servicios de convivencia familiar y social, contemplados en el artículo 3.1.5 de la Orden 613/1990, de 6 de noviembre, por la que se desarrolla el Decreto 6/1990,
creador del Registro de entidades que desarrollan actividades en el campo de la acción
social y los servicios sociales.
Cuarto

BOCM-20220323-21

Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su firma.
Madrid, a 14 de marzo de 2022.—El Director General de Evaluación, Calidad e Innovación, Óscar López Santos.
(03/5.539/22)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791