C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220323-21)
Tramitación expedientes personas desplazadas Ucrania –  Resolución 1176/2022, de 14 de marzo, de la Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación, por la que se establecen los criterios que han de regir la tramitación de expedientes de autorización y comunicación previa relativos a la atención a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 70

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
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RESOLUCIÓN 1176/2022, de 14 de marzo, de la Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación, por la que se establecen los criterios que han de regir la tramitación de expedientes de autorización y comunicación previa relativos a la atención a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania.

El 4 de marzo de 2022, el Consejo Europeo, en su formación de Justicia y Asuntos de
Interior (JAI), aprobó la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, de 4 de marzo
de 2022, por la que se constata la existencia de una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania en el sentido del artículo 5 de la Directiva 2001/55/CE, con el
efecto de iniciar la protección temporal de las mismas.
La Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas
desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros
para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida, se incorporó a
nuestro ordenamiento jurídico interno a través del Reglamento sobre Régimen de Protección Temporal en Caso de Afluencia Masiva de Personas Desplazadas, aprobado por el
Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre, que tiene por objeto regular el régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de terceros
países no miembros de la Unión Europea que no puedan regresar en condiciones seguras y
duraderas debido a la situación existente en ese país. Además, por Acuerdo del Consejo de
Ministros de 8 de marzo de 2022, se ha ampliado la protección temporal otorgada en virtud
de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, de 4 de marzo de 2022, a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España.
De otro lado, la Ley 11/2002, de 18 de diciembre, de Ordenación de la Actividad de
los Centros y Servicios de Acción Social y de Mejora de la Calidad en la Prestación de los
Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, somete la prestación de servicios sociales
por las Administraciones públicas y por la iniciativa privada al régimen de autorización o
de comunicación previa, de acuerdo con lo establecido en la misma, con el objeto de garantizar la ordenación territorial de los recursos sociales, la adecuación y calidad de los servicios prestados, y la preservación del interés público.
Dicha Ley ha sido desarrollada por el Decreto 21/2015, de 16 de abril, del Consejo de
Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de los Procedimientos de Autorización Administrativa y Comunicación Previa para los Centros y Servicios de Acción
Social en la Comunidad de Madrid, y la inscripción en el Registro de Entidades, Centros y
Servicios.
Ante la situación de emergencia creada por el conflicto en Ucrania se hace preciso
aprobar determinados criterios de actuación que hagan posible agilizar la tramitación de los
procedimientos de autorización y comunicación previa previstos en el mencionado Decreto 21/2015, de 16 de abril.
En virtud de las competencias atribuidas en el artículo 21 del Decreto 208/2021, de 1
de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Familia, Juventud y Política Social,

Establecer los criterios que han de regir el régimen de autorización y comunicación
previa previstos en el Decreto 21/2015, de 16 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que
se aprueba el Reglamento Regulador de los Procedimientos de Autorización Administrativa y Comunicación Previa para los Centros y Servicios de Acción Social en la Comunidad
de Madrid, y la inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios, que se recogen a continuación.

BOCM-20220323-21

RESUELVO