Leganés (BOCM-20220323-66)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022

Pág. 239

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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LEGANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, delv Ayuntamiento de Leganés, se ha aprobado, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de marzo de 2022, punto 15.o, las Bases Generales y las Bases Específicas de las Subvenciones municipales, dirigidas a asociaciones y
entidades sin ánimo de lucro, año 2022.
En lo no previsto en las presentes Bases, se aplicará, de acuerdo a lo establecido en las
Bases de Ejecución del vigente Presupuesto, lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, Del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.
Del mismo modo se aplicará el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se
regula la base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las Subvenciones y
demás ayudas públicas. Y la Ley orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales.
BASES GENERALES DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA 2022
Primera. Objeto
Las presentes bases alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) Agenda 2030, tienen como objeto promover y dinamizar la participación ciudadana en cada una
de las áreas, Cooperación, Cultura, Deportes, Discapacidad, Educación, Empleo, Festejos,
Igualdad, Infancia, Junta Municipal de Distrito La Fortuna, Junta Municipal de Distrito San
Nicasio, Juventud, Medio Ambiente (Sostenibilidad), Participación Ciudadana, Salud y
Servicios Sociales.
Los proyectos serán ejecutados por asociaciones y entidades sin ánimo de lucro en aras
de interés social que quieren actuar y actúan en el municipio de Leganés.

Las ayudas se concederán, de acuerdo con los principios generales, de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con lo previsto en el punto 1.3 “Principios Generales del Plan” y en el punto
3 “procedimiento de concesión y Beneficiarios” del Plan Estratégico de Subvenciones del
Ayuntamiento de Leganés 2021-2024, aprobado en Junta de Gobierno Local el 03/03/2021.
En lo no previsto en las presentes Bases, se aplicará:
— Lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
(en adelante LGS).
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre Ley General de Subvenciones (en adelante
RLGS).
— La Ley 39/2015, de 1 de octubre, Del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, De Régimen Jurídico del Sector Público.
— Real Decreto Ley 1091/1988, art 81 y 82 de la Ley General Presupuestaria.
— Real Decreto 500/1990 del 20 de abril que desarrolla el capítulo I del título VI de
la Ley 39/1988 del 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
— Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las
actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

BOCM-20220323-66

Segunda. Normativa aplicable