B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior - O. A. MADRID 112 (BOCM-20220323-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 16 de marzo de 2022, de la Gerencia del Organismo Autónomo Madrid 112, por la que se convoca prueba selectiva de promoción interna para el acceso a una plaza de carácter laboral de la Categoría Profesional de Supervisor de Emergencias 112 (Grupo II, Nivel 8, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 70

Las peticiones o revisión de calificaciones presentadas por los aspirantes deberán ser
respondidas por el Tribunal de forma razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio de la oposición, siempre y cuando se hubiesen formulado al menos siete
días antes de la realización del mismo, para que en dicho plazo pueda efectuarse la convocatoria del Tribunal con la antelación mínima establecida y tras reunirse para su valoración,
pueda procederse a cursar la notificación del acuerdo adoptado a la persona interesada.
6.5. Las actuaciones de los Tribunales de selección que tengan la condición de preparatorias de los Acuerdos por los que se aprueban las relaciones de aspirantes que han superado los distintos ejercicios, no serán recurribles de forma independiente a estas.
6.6. La designación de asesores/as especialistas por el Tribunal de selección, se publicará en la página web de la dirección general con competencias en materia de función
pública, junto con el resto de la información relativa al correspondiente proceso selectivo.
Séptima
7.1. El sistema de Selección será el de concurso-oposición.
7.2. Fase de oposición.
La fase de oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican,
todos y cada uno de ellos de carácter obligatoria y eliminatorio.
Constará de 2 ejercicios, a desarrollar en inglés, de los cuales uno será supuesto práctico:
7.2.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test
propuesto por el Tribunal, compuesto de sesenta preguntas sobre el temario
específico del programa de la oposición (35 temas, Anexo I), más cinco adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de
las anteriores y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos.
Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo solo una
de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en
positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración; y la pregunta
con contestación errónea se penalizará con 0,30 puntos.
7.2.2. Segundo ejercicio: Los aspirantes realizarán por escrito un supuesto práctico
a elegir de entre tres propuestos por el Tribunal, que versarán sobre el correspondiente temario específico.
Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de 60 minutos, los aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y el material
que el Tribunal determine en la convocatoria de este ejercicio. En ningún caso
se permitirán diccionarios idiomáticos.
7.3. Fase de concurso.
El concurso, al que podrá acceder un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, conforme al baremo y puntuación que figura a
continuación, valorándose todos ellos con referencia al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Serán objeto de valoración los siguientes méritos:
7.3.1. En servicios prestados en la misma categoría profesional desde la que promociona en cualquier Administración Pública, a razón 0,5 puntos por año de
servicio completo, teniendo en cuenta que quedarían excluidos de dicho
cómputo los dos años exigidos como requisito de participación.
La valoración de este mérito podrá alcanzar un máximo de 16 puntos.
7.3.2. Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento. Se valorará formación recibida a través de cursos cuyo contenido esté directamente relacionado con las
materias descritas en el temario específico e impartidos por la Comunidad de
Madrid y/o el Organismo Autónomo Madrid 112.
Los referidos cursos se valorarán según su duración, de acuerdo con el siguiente baremo:
— De diez a veinte horas de duración: 0,10 puntos.
— De veintiuna a treinta horas de duración o más de un mes: 0,20 puntos.

BOCM-20220323-2

Sistema de Selección