B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior - O. A. MADRID 112 (BOCM-20220323-3)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 16 de marzo de 2022, de la Gerencia del Organismo Autónomo Madrid 112, por la que se convoca prueba selectiva de promoción interna para el acceso a una plaza de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Básico Emergencias 112 (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022

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Cuarta
Tasa por derechos de examen
4.1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará dispuesto en la
base octava apartado segundo de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, haciendo constar en
el motivo de la liquidación/Observaciones del pago de la Tasa, “Acceso a la categoría profesional Técnico Básico de Emergencias 112”.

BOCM-20220323-3

3.3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace que corresponda de los indicados en el apartado anterior, a la convocatoria del proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas-Solicitud”, deberá seleccionarse en
“Identificación” la opción de “Acceso con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma
electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores
incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier
otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Auto firma”, que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”.
Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación. Finalizada ésta el sistema le permitirá visualizarlo y generar
un documento en formato PDF que deberá firmar y guardar, así como adjuntar a la solicitud la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base tercera.4 de esta
orden en el apartado siguiente:
3.4. Documentación a adjuntar a las solicitudes.
Los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación
que corresponda de entre la que se indica a continuación:
a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber
abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma
y términos dispuestos en la base octava apartado segundo de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo.
b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la
documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava apartado sexto de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, en relación con el apartado cuarto de la base segunda de la presente convocatoria.
c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio
de representante que actúa en nombre del aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en el apartado segundo de la base tercera de la presente Orden.
3.5. De conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD),
y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección del Organismo Autónomo Madrid 112
para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria
para la admisión en el mismo.
3.6. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
3.7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de
la persona aspirante.
3.8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.