B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220323-5)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 450/2022, de 9 de marzo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Oficial Técnico, Grupo A, Subgrupo A2
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 70

en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta
Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en
el apartado segundo de la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio, debiendo hacer constar como motivo de la liquidación u observaciones del pago de la tasa:
— Las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre:
“Acceso libre a la Categoría de Oficial Técnico”.
— Las personas aspirantes que concurran al proceso selectivo de promoción interna:
“Acceso por promoción interna a la Categoría de Oficial Técnico”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en el citado apartado segundo, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en dicho apartado, la tasa que proceda de entre las que se detallan seguidamente:
— Para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre,
será la tasa por derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo A2 con ejercicios que requieran exámenes médicos o la intervención de asesores externos (“D.o examen titulación Subgrupo A2/Grupo Profesional II-Función Pública. Dchos. examen proc. select. con ejerc. que req. exámenes médicos
o interv. as. ext.”), y que asciende a 54,90 euros. Para quienes sean miembros de
familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 27,45 euros.
— Para las personas aspirantes que concurran al proceso selectivo de promoción interna, será la tasa por derechos ordinarios de examen en procesos selectivos para
ingreso en el Subgrupo A2 (“D.o examen titulación Subgrupo A2/Grupo Profesional II-Función Pública. Dchos. ordinarios de examen”), y que asciende a 32,94
euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el
importe de la tasa será de 16,47 euros.
Quinta
Admisión de aspirantes
1. En cuanto a la admisión de las personas aspirantes, se estará a lo dispuesto en la
base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud
de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquella
en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en
el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.
Sexta
1. El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado por Resolución de
la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018,
de 27 de junio. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría segunda.
2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que
se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en cualquier otra
normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6
del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

BOCM-20220323-5

Tribunal de Selección