C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220303-52)
Delegación competencias – Orden 369/2022, de 24 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa, con carácter permanente, a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería
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BOCM
Pág. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE MARZO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 53
en el artículo 29.1.b) del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Decimosexto
Solicitud de dictamen a la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid
Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica la solicitud de dictamen a la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, en los términos previstos
en el Decreto 5/2016, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
Decimoséptimo
Delegación de firma
Las personas titulares de los órganos administrativos que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, deleguen la firma de las competencias delegadas por la presente orden, requerirán
la autorización expresa y previa del órgano delegante.
Decimoctavo
Desconcentración en materia de fundaciones
De conformidad con el artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones
de la Comunidad de Madrid, se desconcentran en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias propias del protectorado de fundaciones.
Decimonoveno
Designación de los miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Agricultura
Vigésimo
Derogaciones
Quedan sin efecto los actos que se opongan a lo dispuesto en la presente orden y, en
particular, la Orden 1/2018, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la
firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.
BOCM-20220303-52
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril,
la Mesa de Contratación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura tendrá, con carácter permanente, la siguiente composición:
a) Presidente: Un representante del centro directivo, dirección general o Secretaría
General Técnica, promotor de la contratación, con rango de Subdirector General,
Jefe de División, Asesor/Técnico funcionario de carrera con nivel de complemento de destino 30 o Jefe de Área.
b) Vocales:
— Un Interventor de la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
— Un letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.
— Un Jefe de Área perteneciente al Centro Directivo promotor de la contratación, respecto de los contratos que se financien con cargo a su programa presupuestario o, en su defecto, un técnico del centro directivo correspondiente.
— Un técnico del centro directivo que actúe como unidad promotora de las mesas que se constituyan en relación con los contratos cuya dirección, seguimiento y control tenga encomendado o, en su defecto, un técnico especialista en la materia objeto del contrato.
c) Secretario: un técnico de la Subdirección General de Gestión Económico-Administrativa o, en su defecto, cualquier otro funcionario perteneciente a la misma.
Pág. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE MARZO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 53
en el artículo 29.1.b) del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Decimosexto
Solicitud de dictamen a la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid
Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica la solicitud de dictamen a la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, en los términos previstos
en el Decreto 5/2016, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
Decimoséptimo
Delegación de firma
Las personas titulares de los órganos administrativos que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, deleguen la firma de las competencias delegadas por la presente orden, requerirán
la autorización expresa y previa del órgano delegante.
Decimoctavo
Desconcentración en materia de fundaciones
De conformidad con el artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones
de la Comunidad de Madrid, se desconcentran en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias propias del protectorado de fundaciones.
Decimonoveno
Designación de los miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Agricultura
Vigésimo
Derogaciones
Quedan sin efecto los actos que se opongan a lo dispuesto en la presente orden y, en
particular, la Orden 1/2018, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la
firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.
BOCM-20220303-52
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril,
la Mesa de Contratación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura tendrá, con carácter permanente, la siguiente composición:
a) Presidente: Un representante del centro directivo, dirección general o Secretaría
General Técnica, promotor de la contratación, con rango de Subdirector General,
Jefe de División, Asesor/Técnico funcionario de carrera con nivel de complemento de destino 30 o Jefe de Área.
b) Vocales:
— Un Interventor de la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
— Un letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.
— Un Jefe de Área perteneciente al Centro Directivo promotor de la contratación, respecto de los contratos que se financien con cargo a su programa presupuestario o, en su defecto, un técnico del centro directivo correspondiente.
— Un técnico del centro directivo que actúe como unidad promotora de las mesas que se constituyan en relación con los contratos cuya dirección, seguimiento y control tenga encomendado o, en su defecto, un técnico especialista en la materia objeto del contrato.
c) Secretario: un técnico de la Subdirección General de Gestión Económico-Administrativa o, en su defecto, cualquier otro funcionario perteneciente a la misma.