C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220303-52)
Delegación competencias –  Orden 369/2022, de 24 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa, con carácter permanente, a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE MARZO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 53

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
52

ORDEN 369/2022, de 24 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias
y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa, con carácter permanente, a los miembros de las Mesas de Contratación de
la Consejería.

Mediante el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, dictado en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, se estableció el número y denominación de las Consejerías.
En el mencionado Decreto se incluye la creación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, a la que se le atribuyen las competencias hasta entonces correspondientes a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
e, igualmente, le corresponden las competencias en materia de vivienda y de energía.
Posteriormente, el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, modificó la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. En su artículo 3 se establece la estructura básica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura. En consonancia con ello se ha aprobado el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
Como consecuencia del cambio de estructura de la Consejería y con el fin de facilitar
la gestión administrativa de acuerdo con los principios generales de eficacia y eficiencia,
procede establecer un nuevo régimen de delegación de competencias de la persona titular
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
En uso de las facultades conferidas por el artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público,
RESUELVO
Primero
1. Se delega en las personas titulares de las direcciones generales la aprobación de
gastos hasta 225.000 euros, respecto de los expedientes promovidos por las unidades administrativas que les estén adscritas.
2. Se delega en las personas titulares de las Viceconsejerías la aprobación de gastos
superiores a 225.000 euros, respecto de los expedientes promovidos por los órganos y unidades administrativas que les estén adscritos.
3. Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica la aprobación de
gastos, independientemente de su cuantía, respecto de los expedientes promovidos por las
unidades administrativas que le estén adscritas.
4. Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica la aprobación de
los gastos en materia de personal, independientemente de su cuantía, cualesquiera que sean
los programas presupuestarios a los que se encuentren adscritos, y los relativos a convenios,
según establece el apartado octavo de esta orden.
5. Las competencias que en materia de aprobación de gastos se delegan en los apartados anteriores se entenderán siempre referidas a las distintas fases del gasto a que hace referencia el artículo 68 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de
la Comunidad de Madrid.

BOCM-20220303-52

Delegación de competencias en materia de ordenación de gastos