D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20220303-56)
Convenio –  Convenio de cooperación educativa de 17 de enero de 2022, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Escuela de Enfermería y Fisioterapia “San Juan de Dios”, integrada en la Universidad Pontificia Comillas, para el desarrollo de prácticas formativas por parte de estudiantes del Máster Universitario en Cuidados Paliativos por la Universidad Pontificia Comillas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 53

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE MARZO DE 2022

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de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en su artículo 6.1; sometiéndose a los
principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así
como a las normas generales de derecho administrativo, cuando proceda, a los principios
de buena administración y al ordenamiento jurídico en general. Así mismo, el presente convenio se encuentra dentro del marco establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Decimotercera
Controversias
Dada la naturaleza administrativa del convenio, corresponde conocer de las discrepancias, que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión de seguimiento prevista en
la cláusula séptima, a los tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio.
En Madrid, a 17 de enero de 2022.—Por el Servicio Madrileño de Salud, el Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, el Director General del Servicio Madrileño
de Salud, Antonio Zapatero Gaviria.—Por la Universidad Pontificia Comillas, el Director
de la Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia “San Juan de Dios”, Juan Manuel
Arribas Marín.
ANEXO I
DISPOSITIVOS ASITENCIALES AFECTADOS POR EL CONVENIO
ESAPD Arroyo Medialegua.
ESAPD Espronceda.
ESAPD Goya.
ESAPD Huerta de los Frailes.
ESAPD Jazmín.
ESAPD La Garena.
ESAPD Legazpi.
ESAPD Los Castillos.
ESAPD Reyes Católicos.
ESAPD Sánchez Morate.
ESAPD Sierra de Guadarrama.
ANEXO II

En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible
de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a
la información pública y buen gobierno.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del convenio de referencia de forma indefinida tras su finalización.

BOCM-20220303-56

ACUERDO DE CORRESPONSABLE DE TRATAMIENTO MUTUO