D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20220303-56)
Convenio –  Convenio de cooperación educativa de 17 de enero de 2022, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Escuela de Enfermería y Fisioterapia “San Juan de Dios”, integrada en la Universidad Pontificia Comillas, para el desarrollo de prácticas formativas por parte de estudiantes del Máster Universitario en Cuidados Paliativos por la Universidad Pontificia Comillas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 252

JUEVES 3 DE MARZO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 53

II. Políticas de seguridad
4. El abajo firmante se compromete a cumplir el “Decálogo de buenas prácticas para
usuarios de sistemas de información de la Consejería de Sanidad”, publicado por Orden 491/2013, y todas las políticas, normas y procedimientos de la CSCM y/o de la Gerencia Asistencial de Atención Primaria, que emanen del citado código, así como las que se determinen en materia de seguridad para el tratamiento de datos personales. Para su
conocimiento, se le proporcionará acceso a la normativa que le sea de aplicación.
5. El acceso lógico a los Sistemas de Información y Comunicaciones de la CSCM
y/o de la Gerencia Asistencial de Atención Primaria se hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las medidas de seguridad que se marquen en cada
caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la autorización por escrito del Responsable del
Fichero o Encargado del Tratamiento.
6. En los casos en los que mediante cualquier tipo de dispositivo fijo o portátil propio o perteneciente a la Gerencia Asistencial de Atención Primaria, se realice un acceso a
Internet, a través de conexiones de redes de comunicaciones inalámbricas y/o cableadas facilitadas por la Universidad, queda expresamente prohibida la salida de cualquier tipo de
información, confidencial o dato de carácter personal titularidad de la Gerencia Asistencial
de Atención Primaria sin previo consentimiento por escrito del Responsable del Tratamiento. En caso contrario, usted podrá ser responsable de los daños y perjuicios directos y/o indirectos que puedan ser ocasionados a la Gerencia Asistencial de Atención Primaria o frente a terceros.
7. Ante cualquier duda que pueda incidir en la Seguridad de los Sistemas de Información y Comunicaciones, deberá consultar con su enlace o responsable en el Centro de
Atención Primaria en el que esté realizando las prácticas. La función de enlace será darle
asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, etc.

8. Tendrá una persona responsable perteneciente al Centro de Atención Primaria
donde esté realizando las prácticas. Cualquier incidencia que le surja antes o en el transcurso del acceso al Centro, deberá ponerla en conocimiento de dicha persona.
9. Para acceder al edificio del Centro, deberá estar en posesión de la documentación
que le acredite e identifique personalmente (DNI, o NIF, pasaporte, etc…), debiendo estar
incluido en la relación nominal proporcionada previamente por su Universidad al Centro.
10. Siempre atenderá los requerimientos que le hiciere el personal de seguridad
del edificio.
11. En el caso de que se le proporcione una acreditación personal (tarjeta, pegatina,
etc.) o que se le proporcione una pegatina de visita en el control de acceso al edificio del
Centro, deberá llevarla en lugar visible en todo momento, debiendo ser entregada, en el
caso de pegatina de visita diaria, a la salida, y en todo caso, tras la finalización de las prácticas en el Centro.
12. Cuando tenga necesidad de realizar desplazamientos entre distintos Centros de
Atención Primaria, deberá tener la debida autorización.
13. Siempre deberá atender los requerimientos formulados por el personal del Centro hacia su persona, referidos a temas de seguridad, accesos, vehículos, etc., así como cualquier otro tipo de observación.
14. Dentro del Centro, solo tendrá autorización para permanecer en su puesto de trabajo, las zonas de trabajo no restringidas (salvo si tiene la debida autorización) y las zonas
de uso común que existan (aseos, cafetería y restaurante). Si existiere necesidad de acceder
a otras dependencias como acceso restringido, deberá ir acompañado del enlace o de otra
persona con la debida autorización.
IV. Propiedad intelectual
15. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los Sistemas
de Información de la CSCM y/o del Centro sin la correspondiente licencia. Los programas informáticos propiedad de la CSCM y/o del Centro están protegidos por la propiedad intelectual, y por tanto están estrictamente prohibidas su reproducción, modificación, cesión o comunicación sin la debida autorización.

BOCM-20220303-56

III. Normas generales para el acceso y permanencia en el Centro
donde realiza las prácticas tuteladas