D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20220303-56)
Convenio – Convenio de cooperación educativa de 17 de enero de 2022, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Escuela de Enfermería y Fisioterapia “San Juan de Dios”, integrada en la Universidad Pontificia Comillas, para el desarrollo de prácticas formativas por parte de estudiantes del Máster Universitario en Cuidados Paliativos por la Universidad Pontificia Comillas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 53
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE MARZO DE 2022
Pág. 251
ción íntegra, siempre que no exista previsión legal que exija la conservación de los datos,
en cuyo caso no podrá procederse a su destrucción.
Séptima
Ejercicio de derechos en materia de protección de datos
Cada parte deberá dar traslado a la otra de cualquier solicitud de ejercicio del derecho
de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de
los datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, efectuada por un
interesado cuyos datos hayan sido tratados por la otra con motivo del cumplimiento del objeto del convenio, a fin de que por el mismo se resuelva en los plazos establecidos por la
normativa vigente.
El traslado de la solicitud a la otra parte deberá hacerse con la mayor celeridad posible
y siempre dentro del plazo de dos días hábiles, a contar desde la recepción de la solicitud,
juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la
solicitud.
Asimismo las partes deberán tramitar cualquier instrucción relativa a derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de los
datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, que reciban de la otra,
a la mayor celeridad posible, y siempre dentro del plazo máximo de dos días hábiles a contar desde la recepción de la solicitud, confirmando por escrito tanto la recepción de la solicitud como la ejecución de la tarea encomendada.
Octava
Responsabilidad
Los corresponsables se comprometen a cumplir con las obligaciones establecidas en
este convenio y en la normativa vigente.
Cada parte tendrá responsabilidad en el caso de que destine los datos a otras finalidades, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del convenio, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
Las partes responderán de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente,
manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de dicha infracción.
ANEXO III
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD
PARA ESTUDIANTES QUE REALIZAN LAS PRÁCTICAS EN LOS CENTROS
SANITARIOS OBJETO DEL CONVENIO
1. El firmante queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y
reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión de la realización de las prácticas. No se encuentra autorizado al tratamiento de datos personales titularidad de la Gerencia
Asistencial de Atención Primaria, salvo en los casos previamente autorizados. En caso de tratamiento de datos personales, usted queda especialmente obligado al cumplimiento del deber
de secreto, y no podrá copiar los datos o utilizarlos con fin distinto al que esté determinado,
ni tampoco cederlos a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta obligación subsistirá
una vez finalizada la realización de las prácticas en el Centro de Atención Primaria.
2. Queda prohibida la obtención, recogida, manipulación, tratamiento, y/o salida de
información propiedad de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid (en adelante, CSCM) y/o del Centro de Atención Primaria, conseguida a través de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio o soporte físico y/o telemático, salvo
autorización por escrito del Responsable del Fichero.
3. En los casos en los que tenga acceso o tratamiento de los datos personales titularidad de la Gerencia Asistencial de Atención Primaria, y transcurrido el tiempo por el cual
se haya autorizado dicho acceso para la realización de las prácticas, el abajo firmante deberá destruir y/o devolver cualquier soporte y/o documento, independiente del formato o soporte en que conste información confidencial o datos personales.
BOCM-20220303-56
I. Confidencialidad y deber de secreto
B.O.C.M. Núm. 53
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE MARZO DE 2022
Pág. 251
ción íntegra, siempre que no exista previsión legal que exija la conservación de los datos,
en cuyo caso no podrá procederse a su destrucción.
Séptima
Ejercicio de derechos en materia de protección de datos
Cada parte deberá dar traslado a la otra de cualquier solicitud de ejercicio del derecho
de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de
los datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, efectuada por un
interesado cuyos datos hayan sido tratados por la otra con motivo del cumplimiento del objeto del convenio, a fin de que por el mismo se resuelva en los plazos establecidos por la
normativa vigente.
El traslado de la solicitud a la otra parte deberá hacerse con la mayor celeridad posible
y siempre dentro del plazo de dos días hábiles, a contar desde la recepción de la solicitud,
juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la
solicitud.
Asimismo las partes deberán tramitar cualquier instrucción relativa a derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de los
datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, que reciban de la otra,
a la mayor celeridad posible, y siempre dentro del plazo máximo de dos días hábiles a contar desde la recepción de la solicitud, confirmando por escrito tanto la recepción de la solicitud como la ejecución de la tarea encomendada.
Octava
Responsabilidad
Los corresponsables se comprometen a cumplir con las obligaciones establecidas en
este convenio y en la normativa vigente.
Cada parte tendrá responsabilidad en el caso de que destine los datos a otras finalidades, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del convenio, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
Las partes responderán de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente,
manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de dicha infracción.
ANEXO III
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD
PARA ESTUDIANTES QUE REALIZAN LAS PRÁCTICAS EN LOS CENTROS
SANITARIOS OBJETO DEL CONVENIO
1. El firmante queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y
reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión de la realización de las prácticas. No se encuentra autorizado al tratamiento de datos personales titularidad de la Gerencia
Asistencial de Atención Primaria, salvo en los casos previamente autorizados. En caso de tratamiento de datos personales, usted queda especialmente obligado al cumplimiento del deber
de secreto, y no podrá copiar los datos o utilizarlos con fin distinto al que esté determinado,
ni tampoco cederlos a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta obligación subsistirá
una vez finalizada la realización de las prácticas en el Centro de Atención Primaria.
2. Queda prohibida la obtención, recogida, manipulación, tratamiento, y/o salida de
información propiedad de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid (en adelante, CSCM) y/o del Centro de Atención Primaria, conseguida a través de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio o soporte físico y/o telemático, salvo
autorización por escrito del Responsable del Fichero.
3. En los casos en los que tenga acceso o tratamiento de los datos personales titularidad de la Gerencia Asistencial de Atención Primaria, y transcurrido el tiempo por el cual
se haya autorizado dicho acceso para la realización de las prácticas, el abajo firmante deberá destruir y/o devolver cualquier soporte y/o documento, independiente del formato o soporte en que conste información confidencial o datos personales.
BOCM-20220303-56
I. Confidencialidad y deber de secreto