A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220228-1)
Medidas salud pública prevención COVID-19 –  Orden 262/2022, de 25 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 28 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 50

— Cierre: En el caso de terrazas anexas o accesorias a bares, cafeterías o restaurantes,
será el previsto en el artículo 2.C de la Orden 1562/1998, de 23 de octubre, de la
Consejería de Presidencia, por la que se establece el régimen relativo a los horarios de los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas.
En el caso terrazas anexas o accesorias a locales y establecimientos asimilados de
acuerdo con el apartado vigesimoquinto de la presente Orden, el horario máximo
de cierre será el aplicable a las terrazas anexas o accesorias a bares, cafeterías o
restaurantes, salvo en el supuesto de que los locales y establecimientos de los que
dependen las terrazas disfruten de un horario menor que el que corresponde a los
bares, cafeterías y restaurantes, en cuyo caso la hora máxima de cierre de la terraza autorizada corresponderá con la que tiene asignada el respectivo local o establecimiento”.
Cinco.—Se suprime el punto 3 del apartado vigesimosexto.
Seis.—Se suprime el punto 5 del apartado quincuagésimo noveno.
Siete.—Se suprime el punto 7 del apartado sexagésimo cuarto.
Segundo
Publicación y efectos
La presente Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y surtirá efectos desde el día de su publicación.
Madrid, a 25 de febrero de 2022.
El Consejero de Sanidad,
ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

BOCM-20220228-1

(03/3.994/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791