Madrid (BOCM-20220223-70)
Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Novena. Procedimiento 139/2020
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 46

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
70

MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Sección Novena
EDICTO

Que en la cuestión de ilegalidad Procedimiento Ordinario 16/2019 planteada por el
Ilmo/a Sr/a Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Contencioso-Admvo. n.o 26 de Madrid se
ha dictado sentencia del siguiente tenor literal:
“SENTENCIA N.o 573
Ilmos. Sres.: Presidente: D. José Luis Quesada Varea. Magistrados: D.a Matilde
Aparicio Fernández, D. Joaquín Herrero Muñoz-Cobo, D.a Natalia de la Iglesia Vicente,
D.a Cristina Pacheco del Yerro.
En la Villa de Madrid a trece de octubre de dos mil veintiuno.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo de este Tribunal Superior de Justicia, constituida por los expresados Magistrados, la presente cuestión
de ilegalidad núm. 139/2020 planteada mediante auto 30/2020, de 3 de febrero, por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo 26 de Madrid contra la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación del suelo, subsuelo y vuelo de terrenos de uso público del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, aprobada por el Pleno de 11 de noviembre de 1998
(publicada en el BOCM núm. 54 de 5 de marzo de 1999) y modificada por acuerdo del Pleno de 28 de octubre de 2011 (BOCM núm. 303 de 22 de diciembre de 2011). Han formulado alegaciones sobre la presente cuestión el Procurador D. Roberto Alonso Verdú, en representación de ORANGE ESPAGNE SA, y el Letrado D. Pablo José Merino Feijóo, en
representación del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el procedimiento ordinario 16/2019 del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo núm. 26 de Madrid se dictó sentencia 258/2019, de 13 de diciembre, con el
siguiente fallo:

Asimismo, debo ordenar y ordeno que, una vez firme esta Sentencia, se planteara, mediante Auto, en el plazo de 5 días desde que conste dicha firmeza en las actuaciones, cuestión de ilegalidad en relación a la Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte reguladora de la Tasa por utilizaciones privativas o aprovechamientos especiales
constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con los artículos 123 y ss. de la LJCA 29/1998 de 13 de julio.
No procede declaración alguna sobre las costas procesales.

BOCM-20220223-70

[Q]ue debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por
ORANGE SPAGNE, SAU contra el AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE,
anulando la Resolución desestimatoria presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto por la recurrente contra la Liquidación relativa al tercer trimestre de 2014
de Tasa por utilización privativa y aprovechamientos especiales constituidos en el suelo,
subsuelo y vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros por importe de 5.026,39 euros, por no ser conformes a Derecho ni la Resolución presunta recurrida ni la Liquidación que confirma.