A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220221-1)
Oferta de empleo público –  Decreto 5/2022, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid para el año 2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 43

Artículo 7
Utilización de medios electrónicos e información de los procesos selectivos
1. Las personas que participen en los procesos selectivos estarán obligadas a relacionarse con la Administración telemáticamente en todas las fases del correspondiente procedimiento, desde la presentación de solicitudes hasta la elección de destinos, incluidos, en su
caso, las reclamaciones y los recursos administrativos que pudieran interponer, tal y como
establece el artículo 5 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Con el objeto de llevar a cabo la mayor difusión posible, la información relativa a
las convocatorias y sus bases, así como sobre el desarrollo de los procesos selectivos que
se derive de la presente oferta de empleo público, se encontrará disponible en el portal de
la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), dentro del apartado “Administración
digital: Punto de Acceso General”, pudiendo tener acceso asimismo, con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos en el portal “personal + educación”
(www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion).
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Necesidad de dotación previa a la cobertura
Las plazas incluidas en el presente decreto habrán de encontrarse dotadas presupuestariamente en el momento en que haya de tener lugar el nombramiento del personal funcionario docente de enseñanzas no universitarias, que pudiera derivarse de los procesos selectivos convocados para la cobertura de dichas plazas. A tal efecto, únicamente con carácter
previo a la incorporación del citado personal, habrá de reservarse el crédito necesario para
garantizar el ingreso de estos efectivos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Sistema de selección
La selección de personal para la cobertura de las plazas incluidas en este decreto, se realizará de conformidad con las disposiciones contenidas en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el Real Decreto 276/2007,
de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, y demás normativa que, en su caso, pudiera resultar de aplicación.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
TÍN

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 16 de febrero de 2022.

La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO

BOCM-20220221-1

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC