A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220221-1)
Oferta de empleo público –  Decreto 5/2022, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid para el año 2022
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 43

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de febrero de 2022,
DISPONGO
Artículo 1
Aprobación de la oferta de empleo público de personal docente no universitario
y principios rectores en el acceso al empleo público
1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, en los artículos 7 y 18 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid y en el artículo 22 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre,
de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, se aprueba la Oferta de
Empleo Público de personal docente no universitario para esta anualidad en los términos
que se establecen en el presente decreto.
2. La selección de personal para la cobertura de las plazas que constan en el anexo
de este decreto, de conformidad con lo previsto en el artículo 55 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público atenderá a los principios rectores que, junto
a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y cuantos otros pudiera señalar la normativa específica de aplicación, han de presidir el acceso al empleo público y la
adquisición de la relación de servicio, siendo estos los siguientes:
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a
desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
Artículo 2
Cuantificación de la oferta de empleo público de personal docente no universitario

Artículo 3
Personas con discapacidad
1. Las convocatorias de procesos selectivos no establecerán exclusiones por limitaciones psíquicas y/o físicas, sin perjuicio de las incompatibilidades con el desempeño de las
tareas o funciones correspondientes y se ajustarán, en todo caso, a la normativa vigente en
el momento de publicarse aquellas.

BOCM-20220221-1

1. De conformidad con los límites y requisitos establecidos para la tasa de reposición
de efectivos en el artículo 20 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, las plazas de la Administración de la Comunidad de Madrid,
de sus organismos autónomos y demás entes públicos, que se encuentran vacantes y dotadas
presupuestariamente y cuya provisión se considera inaplazable o afecta al funcionamiento de
los servicios públicos esenciales, correspondientes a plazas de personal funcionario docente
de enseñanzas no universitarias, se incluyen en el anexo del presente decreto.
2. En virtud del artículo 20 uno.1.a) de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, se ha
aplicado una tasa de reposición de efectivos del 120 por 100 al tratarse de uno de los sectores considerados prioritarios en los términos recogidos en el apartado uno.3 del precitado
artículo 20, determinándose las especialidades y el número de plazas de cada una de ellas
en las correspondientes convocatorias de pruebas selectivas.
3. La presente oferta de empleo público está compuesta por 2.228 plazas, dotadas
presupuestariamente, cuya provisión se considera inaplazable y su cobertura no puede realizarse con los efectivos de personal existentes, distribuyéndose por cuerpos tal y como se
recoge en anexo de este decreto, cuyo desglose por especialidades se efectuará en la correspondiente convocatoria.
4. La totalidad de las plazas de esta oferta están incluidas dentro de la tasa de reposición de efectivos propia del personal docente.