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Convenio –  Convenio de colaboración de 2 de febrero de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, para la expedición de Carné Joven Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 43

Séptima
Régimen jurídico
El Convenio se regirá por lo dispuesto en sus propias cláusulas, siéndole también de aplicación lo dispuesto en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, en la Ley 2/2003, de 11
de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, así como a las normas generales de derecho
administrativo, los principios de la buena administración y el ordenamiento jurídico general.
Octava
Cuestiones litigiosas
Ambas partes reconocen la naturaleza administrativa de este Convenio. Las controversias no resueltas entre las partes, referidas a la interpretación y cumplimiento del convenio,
en el seno de la Comisión de Seguimiento, serán sometidas a la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Novena
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal
durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid y el
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid se informan recíprocamente de que los datos personales que se recojan en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al servicio
de una de las partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados por la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de
Madrid como única responsable del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio quedando el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid como encargado del tratamiento de datos.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán
tratados e incorporados a la actividad de tratamiento Carné Joven, cuya finalidad es “Registro usuarios Carné Joven. Promoción. Publicidad” y cuya base legal es RGPD 6.1.c) el
tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
La Comunidad de Madrid será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de
derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso, a las mismas, debiendo colaborar ambas partes para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin
perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.

BOCM-20220221-25

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