D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220221-18)
Convenio –  Convenio de colaboración de 19 de enero de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Real Academia de la Historia para difundir su finalidad y recursos entre los docentes de la Comunidad de Madrid
7 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 43

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

Pág. 91

cias, letras y artes, es decir, de los diversos ramos de la vida, civilización y cultura de los
pueblos españoles). Asimismo, se encarga de fomentar la formación y la enseñanza con vistas a la difusión de acontecimientos y figuras de relevancia en la historia de España, con el
propósito de conocer los hechos y documentarlos a través de investigaciones, contribuyendo al legado de nuestro pasado y facilitando el estudio del desarrollo de la ciencia y la cultura, la medicina y la educación entre otras a lo largo de los siglos.
Cuarto
Que la Real Academia de la Historia dispone de recursos bibliográficos y digitales a
disposición de los docentes de la Comunidad de Madrid. Así mismo realiza jornadas y ciclos de conferencias a lo largo del año de gran interés para conocer la evolución de los acontecimientos históricos relevantes para alumnos y docentes. El carácter virtual de las conferencias hace posible que sean accesibles por un amplio conjunto de centros educativos y
puedan ser empleados tanto como documentación de investigación individual para el alumno o como recurso en el aula.
Quinto
Que la Constitución española de 1978 establece el derecho a la educación para todos
los españoles en su artículo 27 y encomienda a los poderes públicos que promuevan las condiciones y remuevan los obstáculos para que este derecho sea disfrutado en condiciones de
igualdad por todos los ciudadanos.

Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, para la Mejora de la Calidad educativa, en su preámbulo establece que “La LOE también adoptó un compromiso decidido con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea y la UNESCO. Estas instituciones proponían
mejorar la calidad y la eficacia de los sistemas de educación y de formación, mejorar la capacitación de los docentes, promover la sociedad del conocimiento, garantizar el acceso de
todos a las tecnologías de la información y la comunicación, aumentar la matriculación en
los estudios científicos, técnicos y artísticos, aprovechar al máximo los recursos disponibles e incrementar la inversión en recursos humanos”.
Tres son los principios fundamentales que presiden esta Ley. El primero consiste en la
exigencia de proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos de ambos sexos, en todos los niveles del sistema educativo. Esta exigencia implica un desafío para los
sistemas educativos actuales y en concreto para el español. Tras haber conseguido que todos los jóvenes estén escolarizados hasta los dieciséis años de edad, el objetivo consiste
ahora en mejorar los resultados generales y en reducir las todavía elevadas tasas de terminación de la educación básica sin titulación y de abandono temprano de los estudios. Se trata de conseguir que todos los ciudadanos alcancen el máximo desarrollo posible de todas
sus capacidades, individuales y sociales, intelectuales, culturales y emocionales para lo que
necesitan recibir una educación de calidad adaptada a sus necesidades.
La Unión Europea y la UNESCO se han propuesto mejorar la calidad y la eficacia de
los sistemas de educación y de formación, lo que implica mejorar la capacitación de los docentes, desarrollar las aptitudes necesarias para la sociedad del conocimiento, garantizar el
acceso de todos a las tecnologías de la información y la comunicación, aumentar la matriculación en los estudios científicos, técnicos y artísticos y aprovechar al máximo los recursos disponibles, aumentando la inversión en recursos humanos.
Además, la competencia en conciencia y expresiones culturales implica conocer, comprender, apreciar y valorar con espíritu crítico, con una actitud abierta y respetuosa, las diferentes manifestaciones culturales y artísticas, utilizarlas como fuente de enriquecimiento
y disfrute personal y considerarlas como parte de la riqueza y patrimonio de los pueblos.
Esta competencia incorpora también un componente expresivo referido a la propia capacidad estética y creadora y al dominio de aquellas capacidades relacionadas con los diferentes códigos artísticos y culturales, para poder utilizarlas como medio de comunicación y
expresión personal. Implica igualmente manifestar interés por la participación en la vida
cultural y por contribuir a la conservación del patrimonio cultural y artístico, tanto de la propia comunidad como de otras comunidades.
Así pues, la competencia para la conciencia y expresión cultural requiere de conocimientos que permitan acceder a las distintas manifestaciones sobre la herencia cultural (pa-

BOCM-20220221-18

Sexto