D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220221-18)
Convenio –  Convenio de colaboración de 19 de enero de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Real Academia de la Historia para difundir su finalidad y recursos entre los docentes de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 43

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
18

CONVENIO de colaboración de 19 de enero de 2022, entre la Comunidad de
Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la
Real Academia de la Historia para difundir su finalidad y recursos entre los docentes de la Comunidad de Madrid.
REUNIDOS

De una parte, D. Enrique Ossorio Crespo, en representación de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía (en adelante, Consejería) de la Comunidad de
Madrid, en virtud del nombramiento aprobado por el Decreto 44/2021, de 19 de junio, de
la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y conforme a la atribución de competencias que
le otorga el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de noviembre; el artículo 4 de la Ley 8/1999,
de 9 de abril, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid..
De otra parte, Dña. María del Carmen Iglesias Cano, condesa de Gisbert, actuando en
nombre y representación de la Real Academia de la Historia (en adelante, RAH), entidad
con CIF Q-2868012-B y sita en calle del León, número 21 (C. P. 28014), Madrid, en su condición de Directora, haciendo uso de las facultades que se le tienen conferidas en escritura
otorgada ante el Notario de Madrid don Joaquín Corell Corell, el 18 de febrero de 2015, con el
número 299 de su protocolo. Corresponde a su majestad el rey, según recoge el artículo 62 de
la Constitución, el Alto Patronazgo de las Reales Academias.
Reconociéndose, recíprocamente, competencia y capacidad legal suficiente para obligarse a tal efecto.
EXPONEN
Primero
Que corresponde a la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 29 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, la competencia
de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados,
modalidades y especialidades.

Que el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y
Portavocía, recoge en su artículo 1 que el titular de la Consejería tiene atribuidas las competencias establecidas en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno
y Administración de la Comunidad de Madrid y restantes disposiciones en vigor, correspondiéndole, como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid, el
desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en las siguientes materias: educación, universidades, enseñanzas artísticas superiores,
investigación científica e innovación tecnológica, apoyada fundamentalmente en el nuevo
contexto digital.
Asimismo, el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en
su artículo 2 se crea la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
Tercero
Que la Real Academia de la Historia tiene entre sus funciones el encargo del estudio
de la Historia de España (antigua y moderna, política, civil, eclesiástica, militar, de las cien-

BOCM-20220221-18

Segundo