D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220221-27)
Convenio – Convenio de 19 de octubre de 2021, entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, para la realización de actuaciones conjuntas en relación con los trabajadores afectos de patologías derivadas de la utilización laboral del amianto
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 43
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 143
ANEXO I
PROTOCOLO PARA LA VALORACIÓN DE LA INCAPACIDAD LABORAL DE LOS TRABAJADORES
EXPUESTOS AL AMIANTO EN EL DESARROLLO DE SU TRABAJO
INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN
El amianto o asbesto es una sustancia mineral natural que se presenta en fibras blancas y
flexibles. Es un silicato de cal, alúmina y hierro. Se distinguen 2 grupos mineralógicos:
• Las serpentinas, con una sola especie: crisotilo o amianto blanco
• Las amphiboles, con dos especies fundamentales: crocidolita o amianto azul y amosita o amianto
marrón
Las fibras de amianto no se disuelven en agua ni se evaporan, son resistentes al calor, al fuego y a
la degradación química o biológica. Dadas estas propiedades el amianto ha sido utilizado en gran
variedad de industrias durante el siglo pasado. Actualmente se encuentra presente en unos 3.600
productos de la industria moderna, siendo gran número de sectores de actividad en los que los
trabajadores pueden estar expuestos a fibras de amianto (Tabla 1).
TABLA 1
PRINCIPALES SECTORES DE ACTIVIDAD
CON EXPOSICIÓN A FIBRAS DE AMIANTO
Construcción
Industria del automóvil
Fabricación y mecanizado de fibrocemento
Fabricación y utilización de juntas
Industria naval
Industria textil
Transporte, tratamiento y Gestión de residuos
En nuestro país, su utilización en cualquiera
de sus formas y para todas sus aplicaciones
está prohibida desde junio de 2002 (Orden
del Ministerio de la Presidencia de 7/12/01)
aunque con algunas excepciones que
alargarán la presencia de este producto en
nuestro medio durante un tiempo.
La gran utilidad del amianto ha quedado
suficientemente demostrada, pero no
podemos olvidar los graves efectos que
puede suponer su exposición sobre la salud.
La patología derivada de la exposición laboral a amianto queda recogida en el RD 1299/2006, de
10 de noviembre (modificado por Real Decreto 1150/2015, de 18 de diciembre y por el Real
Decreto 257/2018, de 4 de mayo), por el que aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en
el sistema de Seguridad Social y establece criterios para su notificación y registro. Tendrán
consideración de enfermedad profesional cuyo origen sea la exposición laboral a amianto la
asbestosis, las afecciones fibrosantes de la pleura y pericardio que cursan con restricción
respiratoria o cardiaca provocadas por amianto, la neoplasia maligna de bronquio y pulmón, el
mesotelioma pleural, el mesotelioma peritoneal, el mesotelioma de otras localizaciones y el cáncer
de laringe. Las citadas patologías vienen relacionadas con las principales actividades y trabajos
capaces de producirlas (Anexo 1).
Con fecha 21 de marzo de 2006 se aprueba en el Congresos de los Diputados una moción en la
que se insta al Gobierno a la adopción de un plan de medidas globales, especialmente sociales
laborales y administrativas destinadas a paliar la situación de los trabajadores afectados de
asbestosis y sus familias.
La elaboración de protocolos de actuación tanto en las actividades de vigilancia de la salud,
práctica clínica o valoración del menoscabo laboral es una práctica cada vez más extendida ya que
proporciona criterios homogéneos con una base científica que garantiza una mejor atención al
paciente tanto en el campo de la prevención como en el clínico o en el de la valoración clínicolaboral de los trabajadores.
Este protocolo pretende servir de referencia para que los informes médicos emitidos por los
Médicos Inspectores del INSS para la valoración de la incapacidad laboral y determinación de
contingencia puedan realizarse con la documentación necesaria que permita la adecuada
calificación del menoscabo laboral de los trabajadores expuestos a amianto.
BOCM-20220221-27
Entre las funciones de los Equipos de Valoración de Incapacidades del Instituto Nacional de la
Seguridad Social se incluyen las de examinar la situación de incapacidad del trabajadores y
formular al Director Provincial los dictámenes-propuesta, preceptivos y no vinculantes, en materia
de menoscabo laboral del trabajador por enfermedad o accidente, la determinación del carácter
común o profesional de la patología que origine dicho menoscabo así como la procedencia o no de
prorrogar el periodo de observación médica en enfermedades profesionales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 43
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 143
ANEXO I
PROTOCOLO PARA LA VALORACIÓN DE LA INCAPACIDAD LABORAL DE LOS TRABAJADORES
EXPUESTOS AL AMIANTO EN EL DESARROLLO DE SU TRABAJO
INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN
El amianto o asbesto es una sustancia mineral natural que se presenta en fibras blancas y
flexibles. Es un silicato de cal, alúmina y hierro. Se distinguen 2 grupos mineralógicos:
• Las serpentinas, con una sola especie: crisotilo o amianto blanco
• Las amphiboles, con dos especies fundamentales: crocidolita o amianto azul y amosita o amianto
marrón
Las fibras de amianto no se disuelven en agua ni se evaporan, son resistentes al calor, al fuego y a
la degradación química o biológica. Dadas estas propiedades el amianto ha sido utilizado en gran
variedad de industrias durante el siglo pasado. Actualmente se encuentra presente en unos 3.600
productos de la industria moderna, siendo gran número de sectores de actividad en los que los
trabajadores pueden estar expuestos a fibras de amianto (Tabla 1).
TABLA 1
PRINCIPALES SECTORES DE ACTIVIDAD
CON EXPOSICIÓN A FIBRAS DE AMIANTO
Construcción
Industria del automóvil
Fabricación y mecanizado de fibrocemento
Fabricación y utilización de juntas
Industria naval
Industria textil
Transporte, tratamiento y Gestión de residuos
En nuestro país, su utilización en cualquiera
de sus formas y para todas sus aplicaciones
está prohibida desde junio de 2002 (Orden
del Ministerio de la Presidencia de 7/12/01)
aunque con algunas excepciones que
alargarán la presencia de este producto en
nuestro medio durante un tiempo.
La gran utilidad del amianto ha quedado
suficientemente demostrada, pero no
podemos olvidar los graves efectos que
puede suponer su exposición sobre la salud.
La patología derivada de la exposición laboral a amianto queda recogida en el RD 1299/2006, de
10 de noviembre (modificado por Real Decreto 1150/2015, de 18 de diciembre y por el Real
Decreto 257/2018, de 4 de mayo), por el que aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en
el sistema de Seguridad Social y establece criterios para su notificación y registro. Tendrán
consideración de enfermedad profesional cuyo origen sea la exposición laboral a amianto la
asbestosis, las afecciones fibrosantes de la pleura y pericardio que cursan con restricción
respiratoria o cardiaca provocadas por amianto, la neoplasia maligna de bronquio y pulmón, el
mesotelioma pleural, el mesotelioma peritoneal, el mesotelioma de otras localizaciones y el cáncer
de laringe. Las citadas patologías vienen relacionadas con las principales actividades y trabajos
capaces de producirlas (Anexo 1).
Con fecha 21 de marzo de 2006 se aprueba en el Congresos de los Diputados una moción en la
que se insta al Gobierno a la adopción de un plan de medidas globales, especialmente sociales
laborales y administrativas destinadas a paliar la situación de los trabajadores afectados de
asbestosis y sus familias.
La elaboración de protocolos de actuación tanto en las actividades de vigilancia de la salud,
práctica clínica o valoración del menoscabo laboral es una práctica cada vez más extendida ya que
proporciona criterios homogéneos con una base científica que garantiza una mejor atención al
paciente tanto en el campo de la prevención como en el clínico o en el de la valoración clínicolaboral de los trabajadores.
Este protocolo pretende servir de referencia para que los informes médicos emitidos por los
Médicos Inspectores del INSS para la valoración de la incapacidad laboral y determinación de
contingencia puedan realizarse con la documentación necesaria que permita la adecuada
calificación del menoscabo laboral de los trabajadores expuestos a amianto.
BOCM-20220221-27
Entre las funciones de los Equipos de Valoración de Incapacidades del Instituto Nacional de la
Seguridad Social se incluyen las de examinar la situación de incapacidad del trabajadores y
formular al Director Provincial los dictámenes-propuesta, preceptivos y no vinculantes, en materia
de menoscabo laboral del trabajador por enfermedad o accidente, la determinación del carácter
común o profesional de la patología que origine dicho menoscabo así como la procedencia o no de
prorrogar el periodo de observación médica en enfermedades profesionales.