Madrid número 17 (BOCM-20220218-94)
Ejecución 1/2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 41

c) Condenará al empresario al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha
de la notificación de la sentencia que por primera vez declare la improcedencia hasta la de
la mencionada solución.
En aplicación de lo dispuesto en el citado artículo, dada la incomparecencia de la entidad demandada, procede declarar la extinción de la relación laboral que unía a D.MOHAMED LARBI SERROUKI con D. YOUSSEF SERRUKH condenando a éste último al abono al actor de la cantidad de 3.521,51 euros en concepto de indemnización, así como al
abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (27-2-2021) hasta la fecha de la presente resolución a razón de 31,23 euros/día, deduciendo los salarios que haya
podido percibir por empleos posteriores al despido o por prestaciones por desempleo.
En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de aplicación
PARTE DISPOSITIVA
Se declara extinguida la relación laboral que unía a D.MOHAMED LARBI SERROUKI con D. YOUSSEF SERRUKH condenando a ésta última al abono a la actora de
la cantidad de 3.521,51 euros en concepto de indemnización, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (27-2-2021) hasta la fecha de la presente resolución a razón de 31,23 euros/día, deduciendo los salarios que haya podido percibir por empleos posteriores al despido o por prestaciones por desempleo.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2515-0000-64-0001-22 y para
pagos en ventanilla 2515-0000-64-0001-22.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. ISABEL SANCHEZ PEÑA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S..Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. YOUSSEF SERRUKH, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintiséis de enero de dos mil veintidós.

BOCM-20220218-94

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/1.892/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791