D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220218-25)
Convenio –  Convenio de colaboración de 13 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Universidad Francisco de Vitoria, para el desarrollo de la fase de Prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas durante el curso 2021/22, en centros de la Comunidad de Madrid
11 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 142

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 41

9. Confidencialidad
El Encargado garantiza que mantendrá la más estricta confidencialidad y expreso cumplimiento del deber de secreto profesional en relación con los asuntos del Responsable durante la
vigencia de la prestación de servicios y después de su terminación con carácter indefinido.
El Encargado durante y con posterioridad a la vigencia de este acuerdo tratará toda información propiedad del Responsable de forma estrictamente confidencial, tomando las
medidas necesarias para que su contenido no se divulgue a terceros, ni estos puedan tener
acceso a los mismos sin autorización expresa del Responsable.
A los efectos del presente acuerdo, tendrá la consideración de información confidencial toda aquella susceptible de ser revelada por palabra, por escrito o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en un futuro, ya
sea intercambiada como consecuencia de esta relación contractual o que una parte señale o
designe como confidencial a la otra.
10. Notificaciones
Toda notificación necesaria a los efectos del presente acuerdo se hará por escrito a la
atención y dirección de quien consta en el encabezamiento del presente acuerdo.
11. Generalidades
1. Este contrato contiene el total acuerdo entre las partes sobre el mismo objeto y
sustituye y reemplaza a cualquier acuerdo anterior, verbal o escrito, al que hubieran llegado las partes.
Asimismo, en caso de contradicción entre las condiciones estipuladas en el presente
acuerdo y cualquier otro firmado con anterioridad entre ambas partes, prevalecerá lo estipulado en el presente acuerdo.
2. Cualquier modificación del contenido de este acuerdo, solo será efectiva si se realiza por escrito y con el consentimiento de ambas partes.
3. La no exigencia por cualquiera de las partes de cualquiera de sus derechos de conformidad con el presente acuerdo no se considerará que constituya una renuncia de dichos
derechos en el futuro.
12. Legislación y jurisdicción

BOCM-20220218-25

El presente acuerdo se regirá e interpretará conforme a la legislación española en todo
aquello que no esté expresamente regulado, sometiéndose las partes, para las controversias
que pudieran surgir con relación al mismo, a la competencia de los Juzgados y Tribunales
de la ciudad de Madrid, con renuncia a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder.