Torrelodones (BOCM-20220217-63)
Urbanismo. Convenio urbanístico
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 40

sidencial de la vigente Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del T.M. de
Torrelodones, que fue aprobada definitivamente por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el 16 de octubre de 1997 y publicada en el suplemento número 287 del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 289 de 5 de diciembre de 1997,
junto con posteriores modificaciones puntuales (en adelante, NNSS’97).
La unidad de ejecución del APD.8 “Las Marías” se localiza al suroeste del casco urbano del término municipal de Torrelodones, entre la Autovía A-6 “Autovía del Noroeste”
y la línea de ferrocarril de vía convencional Madrid-Hendaya, en el paraje conocido como
“Las Marías”.
Asimismo en la referida unidad de ejecución se encuentran incluidas una serie de fincas de carácter público que son titularidad del Ayuntamiento en los términos que a continuación se expondrán.
Los terrenos propiedad del Ente Público Canal de Isabel II se encuentran adscritos a la
Empresa Pública Canal de Isabel II, S. A. mediante Orden de 18 de junio de 2012 de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid. En el Anexo 1 de la citada
Orden se relacionaron “los bienes que se adscriben”, entre los cuales se encuentra la Estación de Bombeo de Aguas Residuales, recogidos en el apartado de “EBAR Torrelodones”
con el código C06131.
II. Que Canal de Isabel II, S. A. interviene en virtud de lo dispuesto en la Estipulación 16 “Régimen de los bienes de dominio público cedidos a la sociedad” del ContratoPrograma entre Canal de Isabel II y la Sociedad Canal de Isabel II, S. A., suscrito con fecha 27 de junio de 2012, en virtud de la cual dicha Empresa Pública tiene el derecho a
explotar los terrenos adscritos del Ente Público Canal de Isabel II, por lo que aquella hará
suyos los frutos, rentas y beneficios derivados de dicha explotación, lo que incluye la participación en las actuaciones de transformación urbanística, asumiendo las cargas de urbanización y percibiendo los beneficios urbanísticos de la equidistribución y ejecución del
planeamiento.
III. Que la referida unidad de ejecución del APD.8 se corresponde con un ámbito
continuo de suelo urbano que supone una superficie aproximada de 423.286 m2s, cuyos linderos son los siguientes:
— Al Norte, y en sentido oeste a este, con las parcelas unifamiliares con referencia
catastral 0117709VK1991N0001AA y 0117798VK1991N0001JA, a continuación con un tramo de la calle de Lorca, un tramo de la calle de Cieza, un tramo
de la calle Camino Bajo, un tramo de la calle de Caravaca, la calle Camino de
Las Jaras, un tramo de la calle de Dolores Vila-Coro, un tramo del Paseo de
Juan Carlos Ureta Saorín, a continuación la manzana M-8 del APD.8, otro tramo del Paseo de Juan Carlos Ureta Saorín, las parcelas catastrales con referencia 0916004VK2911N0001UF y 0916006VK2901N0001WP, otro tramo del
Paseo de Juan Carlos Ureta Saorín y a continuación la parcela L1 del APD.8 de
titularidad municipal destinada a parque público que se corresponde con parte
de la parcela catastral con referencia 0916007VK2901N0001AP.
— Al Este, con la parcela K2 del APD.8 de titularidad municipal, destinada a espacio
libre de protección de la Torre de los Dones, que se corresponde con parte de la
parcela catastral con referencia 0916007VK2901N0001AP.
— Al Sur, con la vía convencional del ferrocarril Madrid-Hendaya, coincidente con
la línea de Cercanías C-8 “Chamartín-Villalba-Cercedilla”.
— Al Oeste, con la vía pecuaria denominada Cordel del Gasco.
IV. Que las fincas registrales que conforman la total superficie de la unidad de ejecución del APD.8, son las que se relacionan en el cuadro que se adjunta como Anexo 6 al
presente, en el que se indican sus datos registrales y superficie registral, referencia catastral
y titularidad. Todas ellas se encuentran inscritas en el Registro de la Propiedad de Torrelodones, habiendo sido adquiridas en su práctica totalidad por título de reparcelación, de conformidad con el acuerdo aprobatorio del Proyecto de Reparcelación del APD.8 adoptado
por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento en fecha 14 de diciembre de 2007.
No obstante, se tiene en cuenta que no ha llegado a tener reflejo registral la expropiación llevada a cabo por el Ente Público Canal de Isabel II con motivo de la ejecución del
“Proyecto construcción de los emisarios de Galapagar y Torrelodones”, que supuso la expropiación de determinada superficie incluida en la unidad de ejecución del APD.8, así
como la constitución de una servidumbre. Esta superficie expropiada se corresponde sensiblemente con parte de la actual parcela en la que se localiza la estación de bombeo de aguas
residuales (EBAR) que envía residuos a la EDAR de Galapagar, siendo que la servidumbre

BOCM-20220217-63

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