Leganés (BOCM-20220216-86)
Urbanismo. Estatutos entidad urbanística colaboradora
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 39

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86

LEGANÉS
URBANISMO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en sesión celebrada el día 14
de diciembre de 2021, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
Primero.—Aprobar inicialmente los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación de la Unidad de Ejecución del Plan Parcial PP-3 “Puerta de Carabanchel”, del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, cuyo contenido íntegro se
acompaña como Anexo al presente acuerdo.
Segundo.—Proceder a la notificación del presente acuerdo a todos los propietarios de
terrenos incluidos en el ámbito del Plan Parcial PP-3 “Puerta de Carabanchel” del PGOU
de Leganés, al objeto de que durante el plazo de veinte días puedan consultar el expediente y formular las alegaciones que estimen pertinentes, haciéndoles saber que, según lo previsto en el artículo 136.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, y el artículo 25.3 del Reglamento de Gestión Urbanística, la pertenencia a la entidad colaboradora de conservación será obligatoria para todos los propietarios comprendidos en el referido ámbito territorial.
Tercero.—Someter el expediente al trámite de información pública durante el plazo de
veinte días, para la presentación de alegaciones, mediante la publicación de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los
diarios de mayor difusión, así como en el Tablón de anuncios y edictos del Ayuntamiento
de Leganés y en la página web municipal.
Cuarto.—Hacer saber a los interesados que, si durante este trámite de información pública y audiencia no se planteare alegación alguna, el expediente de constitución y aprobación de los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación de la Unidad
de Ejecución del Plan Parcial PP-3 “Puerta de Carabanchel” de Leganés, se entenderán
aprobados definitivamente, debiendo remitirse al Registro de Entidades Urbanísticas de la
Comunidad de Madrid, para la práctica de su inscripción, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.2 del Reglamento de Gestión Urbanística.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que el expediente al
que se refiere el mencionado acuerdo, junto con el texto de Estatutos y Bases que se recogen en el anexo adjunto, se someten a información pública durante el plazo de veinte días,
al objeto de que cuantas personas se consideren afectadas presenten las alegaciones que estimen pertinentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 161.3 del Reglamento
de Gestión Urbanística.
El expediente se encuentra en el Área de Urbanismo (avenida de Gibraltar, número 2), donde se podrá consultar por los interesados en horario de 08:30 a 14:30 horas, de
lunes a viernes, previa cita concertada dirigiéndose a la dirección de correo electrónico
uaurbanismo@leganes.org
ESTATUTOS POR LOS QUE HA DE REGIRSE LA ENTIDAD URBANÍSTICA
COLABORADORA DE CONSERVACIÓN DEL PLAN PARCIAL
“PUERTA DE CARABANCHEL”
Capítulo I

Artículo 1. Denominación, naturaleza y régimen legal.—1. Bajo la denominación
de Entidad de Conservación del Plan Parcial “Puerta de Carabanchel”, en el término municipal de Leganés (Madrid), y cumpliendo con lo establecido por el Plan Parcial del Sector,
se constituye la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación, integrada por todos los
propietarios de las parcelas incluidas en la actuación.
2. La Entidad tiene naturaleza administrativa, y adquiere personalidad jurídica desde la fecha de su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, ri-

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Disposiciones generales