Pozuelo de Alarcón (BOCM-20220216-93)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 39

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE FEBRERO DE 2022

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Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener
un mínimo de 5 de puntos. El tribunal podrá establecer un nivel mínimo para la superación
de esta prueba, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde para la misma.
Para la realización de los ejercicios que contengan materia relativa o relacionada con legislación, se entenderá que esta será la vigente en la fecha de realización de cada ejercicio.
6.2. Segundo ejercicio: prueba práctica.
Consistirá en la realización de un supuesto práctico en el que se simulará la asistencia
a uno o más pacientes o la organización de la misma, pudiendo incluir todos los aspectos
de la atención de emergencias relacionados con los contenidos del temario específico del
Anexo I de estas bases con un tiempo máximo de duración de 30 minutos.
El tribunal tendrá la posibilidad de preguntar aspectos que crea necesarios, así como
conceptos sobre la atención de emergencias que estén relacionados con la situación presentada y con los contenidos recogidos en el temario específico del anexo I.
Se evaluará, fundamentalmente, durante el supuesto práctico:
— Valoración de la escena y adopción de medidas de seguridad.
— Clasificación de heridos/as con priorización.
— Información a la central de comunicaciones.
— Valoración primaria de las víctimas.
— Técnicas de enfermería en la reanimación y soporte vital.
— Monitorización del/de la paciente.
— Realización de cuidados específicos de enfermería.
— Utilización de técnicas de inmovilización si el caso lo requiere. Traslado primario
prioritario.
— Traslado. Condiciones de traslado a centro útil.
— Transferencia hospitalaria.
— Manejo de la información y habilidades de comunicación con el/la paciente y
los/as intervinientes.
— A su vez se valorará la realización de una breve historia de enfermería del caso
donde queden reflejados los datos esenciales de la atención realizada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener
un mínimo de 5 de puntos.
6.3. Tercer ejercicio: reconocimiento médico.
Será practicado por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento
de Pozuelo de Alarcón. Se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias,
o de otra clase, se consideren necesarias para comprobar que los/as aspirantes reúnen las aptitudes físicas necesarias para el desempeño del puesto en el Servicio de Emergencias de Pozuelo de Alarcón (SEAPA), así como comprobar que no estén incursos en el cuadro médico
de exclusiones que figura en el anexo II de las presentes bases.
El reconocimiento médico se calificará como “apto/a” o “no apto/a”.
Para la valoración y calificación del reconocimiento médico se requerirá la intervención
del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón
que emitirá, con arreglo a las bases, su informe, a la vista del cual el tribunal resolverá.

7.1. Llamamiento único.—Las personas participantes serán convocadas a la celebración de los ejercicios en llamamiento único. El orden de actuación se iniciará alfabéticamente
por la letra que resulte del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado de Función
Pública para el año correspondiente, y deberán ir provistas de documentación original acreditativa vigente, bien DNI, permiso de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos
para acreditar su identidad.
Salvo en casos de fuerza mayor, justificados y apreciados por el tribunal, la no presentación de la persona aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento del llamamiento determinará automáticamente el decaimiento en su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluida en consecuencia del proceso selectivo.
7.2. Acreditación de la identidad.—Comenzada la práctica de los ejercicios, el tribunal
calificador podrá requerir en cualquier momento del proceso selectivo a las personas participantes para que acrediten su identidad y demás requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.
7.3. Relación de personas aprobadas y propuesta del tribunal.—La puntuación final
del proceso selectivo será la suma de la puntuación otorgada en los ejercicios superados de

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Séptima. Desarrollo, calificación final de la oposición y resolución del proceso selectivo