Meco (BOCM-20220216-87)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 16 DE FEBRERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 39
rán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que, en su caso,
hubieran de practicarse, siendo responsabilidad de aquel la veracidad de estos, así como la
correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en los datos inicialmente consignados.
3.2. Presentación de solicitudes.
3.2.1. Las solicitudes de participación, junto con la documentación que corresponda,
se dirigirán al Alcalde, debiendo ser presentadas en cualquiera de los lugares o formas que
se indican a continuación:
a) Preferentemente, las solicitudes serán presentadas telemáticamente, anexándose a
la solicitud la documentación requerida que hubiera de aportarse junto con la solicitud de participación, conforme a lo dispuesto en la base 3.2.3. A estos efectos,
para presentar la solicitud y documentación por Internet a través de la Sede del
Ayuntamiento de Meco o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, será necesario disponer del DNI electrónico o de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica,
que sean operativos en el Ayuntamiento de Meco y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de
otros medios de identificación que el Ayuntamiento de Meco ponga a disposición
de los ciudadanos. La utilización de otros medios de identificación y autenticación
electrónica distintos de la firma electrónica avanzada implican que los datos que se
hacen constar en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo
son ciertos y que el solicitante reúne los requisitos para participar en el mismo,
comprometiéndose a presentar la documentación necesaria, en su caso, para su
acreditación.
b) En caso de no optar por la presentación telemática, los participantes, deberán presentar la solicitud que hayan impreso y firmado, junto con la documentación requerida
que corresponda, en la Oficina de asistencia en materia de Registro del Ayuntamiento de Meco, en la Plaza de la Villa, 1 de Meco, o en alguno de los demás lugares y
formas establecidos en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
De efectuarse la presentación de la solicitud y su documentación anexa en una oficina
de Correos, se hará en sobre abierto, con objeto de que se proceda a su fechado y sellado
por el funcionario de dicha entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinatario el Ayuntamiento de Meco (plaza de la Villa, número 1, 28880 Meco, Madrid).
3.2.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el “Boletín Oficial del Estado”.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2.3. Documentación para adjuntar a las solicitudes: los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que
se indica a continuación:
a) La solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
b) El justificante acreditativo de haber abonado la tasa de derechos de examen y/o, en
su caso, la documentación acreditativa de la exención total o parcial del pago de esta,
todo ello en la forma y términos dispuestos en la base cuarta de las presentes bases.
c) Aquellos aspirantes que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para
la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite el tipo o tipos de adaptaciones solicitada que
habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base quinta de la
presente convocatoria.
Cuarta. Tasa de derechos de examen
4.1. Los aspirantes que participen en este proceso selectivo deberán liquidar la tasa
por derechos de examen en la forma y por el importe que corresponda, de entre los previstos en las presentes bases. A estos efectos, la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de Meco, dispone que los derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo C1, será de 20 euros.
Los sujetos pasivos que acrediten hallarse en situación de desempleo por período superior
a seis meses, mediante tarjeta de desempleo del INEM o certificado de dicho Instituto, en el
momento del devengo de la tasa, gozarán de una bonificación del 50 por 100 de la cuota.
BOCM-20220216-87
Pág. 276
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE FEBRERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 39
rán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que, en su caso,
hubieran de practicarse, siendo responsabilidad de aquel la veracidad de estos, así como la
correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en los datos inicialmente consignados.
3.2. Presentación de solicitudes.
3.2.1. Las solicitudes de participación, junto con la documentación que corresponda,
se dirigirán al Alcalde, debiendo ser presentadas en cualquiera de los lugares o formas que
se indican a continuación:
a) Preferentemente, las solicitudes serán presentadas telemáticamente, anexándose a
la solicitud la documentación requerida que hubiera de aportarse junto con la solicitud de participación, conforme a lo dispuesto en la base 3.2.3. A estos efectos,
para presentar la solicitud y documentación por Internet a través de la Sede del
Ayuntamiento de Meco o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, será necesario disponer del DNI electrónico o de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica,
que sean operativos en el Ayuntamiento de Meco y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de
otros medios de identificación que el Ayuntamiento de Meco ponga a disposición
de los ciudadanos. La utilización de otros medios de identificación y autenticación
electrónica distintos de la firma electrónica avanzada implican que los datos que se
hacen constar en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo
son ciertos y que el solicitante reúne los requisitos para participar en el mismo,
comprometiéndose a presentar la documentación necesaria, en su caso, para su
acreditación.
b) En caso de no optar por la presentación telemática, los participantes, deberán presentar la solicitud que hayan impreso y firmado, junto con la documentación requerida
que corresponda, en la Oficina de asistencia en materia de Registro del Ayuntamiento de Meco, en la Plaza de la Villa, 1 de Meco, o en alguno de los demás lugares y
formas establecidos en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
De efectuarse la presentación de la solicitud y su documentación anexa en una oficina
de Correos, se hará en sobre abierto, con objeto de que se proceda a su fechado y sellado
por el funcionario de dicha entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinatario el Ayuntamiento de Meco (plaza de la Villa, número 1, 28880 Meco, Madrid).
3.2.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el “Boletín Oficial del Estado”.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2.3. Documentación para adjuntar a las solicitudes: los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que
se indica a continuación:
a) La solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
b) El justificante acreditativo de haber abonado la tasa de derechos de examen y/o, en
su caso, la documentación acreditativa de la exención total o parcial del pago de esta,
todo ello en la forma y términos dispuestos en la base cuarta de las presentes bases.
c) Aquellos aspirantes que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para
la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite el tipo o tipos de adaptaciones solicitada que
habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base quinta de la
presente convocatoria.
Cuarta. Tasa de derechos de examen
4.1. Los aspirantes que participen en este proceso selectivo deberán liquidar la tasa
por derechos de examen en la forma y por el importe que corresponda, de entre los previstos en las presentes bases. A estos efectos, la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de Meco, dispone que los derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo C1, será de 20 euros.
Los sujetos pasivos que acrediten hallarse en situación de desempleo por período superior
a seis meses, mediante tarjeta de desempleo del INEM o certificado de dicho Instituto, en el
momento del devengo de la tasa, gozarán de una bonificación del 50 por 100 de la cuota.
BOCM-20220216-87
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