D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220216-48)
Convenio –  Convenio de colaboración de 3 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Universidad Internacional Valenciana para el desarrollo de la fase de Prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas durante el curso 2021/2022 en centros de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 39

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE FEBRERO DE 2022

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nales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33
de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio
se realiza con el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se considerará
como una cesión o comunicación de datos.
Segunda
Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera
Objeto del encargo de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid (en adelante, “Encargada del tratamiento”), para tratar por cuenta de la Universidad Internacional de Valencia (en adelante “Responsable del tratamiento”), los datos de carácter personal necesarios para desarrollar el Convenio
de colaboración para el desarrollo del Practicum de los alumnos de los Grados de Magisterio,
Pedagogía y Psicología matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de Formación
del Profesorado en centros de la Comunidad de Madrid durante el curso 2021/2022.
El tratamiento de los datos personales comprenderá:
— Recogida / registro / estructuración /modificación / conservación / extracción /
consulta / interconexión /cotejo/ limitación / supresión / comunicación / y cualquier otro que requiera el objeto del convenio que se suscribe.
— Durante el ciclo de vida de los datos personales los trámites que impliquen su tratamiento serán electrónicos en todas sus fases, es decir, se recogerán de manera
oficial a través del registro electrónico correspondiente, los documentos que se generen y los contengan serán firmados electrónicamente y serán notificados en su
caso también de manera electrónica, de modo que los alumnos en prácticas deberán estar dados de alta en el sistema NOTE de la Comunidad de Madrid para que
el encargado pueda notificarle cuando sea necesario.
Cuarta
Identificación de la información afectada
Para la ejecución de la/s actuación/actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto
de este encargo, el Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la información que se describe a continuación:
Tipología de datos: datos identificativos, de contacto y académicos si se requieren.
Tipología de interesados: Estudiantes.
Quinta
Duración
El presente acuerdo tiene una duración coincidente con el período de vigencia del convenio suscrito, sin perjuicio de las obligaciones que, conforme al clausulado del presente
acuerdo de encargo hayan de extenderse más allá de dicho período.

Deber de confidencialidad
El Encargado del tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre la
información clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del Tratamiento a
efectos de dar cumplimiento al objeto del convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible
de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, inter-

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