Madrid (BOCM-20220215-78)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 574

MARTES 15 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 38

Salientes permitidos:
No se admiten vuelos distintos de los aleros o cornisas, con saliente máximo de 75 cm.
Condiciones estéticas:
La composición y tratamiento de fachadas de los volúmenes objeto de la nueva construcción deberá tener un carácter neutro y contemporáneo, para marcar la diferencia con la
fachada del edificio protegido.
Uso cualificado:
El uso cualificado es industrial en coexistencia con terciario de oficinas, entendiendo
como coexistencia la implantación de uno u otro uso, o de ambos en edificios diferenciados o en un mismo edificio en proporción libre.
Sistema de usos compatibles:
— Uso asociado:
d Residencial: una vivienda con superficie máxima de 150 m2.
d Terciario:
- Comercial, categoría de pequeño comercio, con una superficie inferior o
igual al 20 por 100 de la superficie total edificada.
- Recreativo, con una superficie del 10 por 100 de la superficie total edificada.
- Otros servicios terciarios, con una superficie del 10 por 100 de la superficie
total edificada.
— Uso complementario: el conjunto de usos complementarios no superará el 25
por 100 de la superficie total edificada:
d Terciario:
- Comercial, en categoría de pequeño comercio, en situación de planta inferior a la baja y baja, con una superficie del conjunto de los locales inferior o
igual al 10 por 100 de la superficie total edificada.
- Recreativo y otros servicios terciarios, en situación de planta inferior a la baja
y baja, con una superficie del 10 por 100 de la superficie total edificada.
- Dotacional: en todas sus clases, en situación de planta inferior a la baja y baja.
— Uso alternativo:
d Terciario: en todas sus clases salvo el terciario comercial de gran superficie comercial, en edificio exclusivo.
d Dotacional: en edificio exclusivo.
CUADRO RESUMEN NORMATIVA URBANÍSTICA
PGOU 1997
REFERENCIA A

PARÁMETRO

VALOR PGOU 1997

CATALOGACIÓN

PROTECCIÓN
ESTRUCTURAL

NIVEL II

PLAN ESPECIAL
NIVEL II

Art. 4.3.5

Aplicación preferente
catalogación

Excluido del régimen de fuera de
ordenación

Excluido del régimen de fuera de ordenación

Art. 4.3.12

Obras admitidas

Acond., reestructuración parcial y
reconfiguración

Acond., reestructuración parcial y
reconfiguración. Ampliación

Art. 4.10.6

Ampliación

Menor valor 10 % sup. Edificada o
edificabilidad

Menor valor 10 % sup. Edificada o edificabilidad

PGOU 1997. NORMA ZONAL 9.3
PARÁMETRO

VALOR PGOU 1997

PLAN ESPECIAL

Uso

Industrial coexistente
terciario oficinas

Industrial coexistente terciario oficinas

Art. 8.9.2

Obras admisibles

Según arts. 1.4.8, 1.4.9, y 1.4.10

Acond., reestructuración parcial y
reconfiguración. Ampliación

Art. 8.9.6

Separación a linderos

3 m complementarias con normas de
seguridad

Mayor de 5 m

BOCM-20220215-78

REFERENCIA A:
Art. 8.9.1