C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220211-21)
Adscripción centro universitario – Orden 179/2022, de 31 de enero, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se autoriza la adscripción del Centro de Educación Superior “Centro de Estudios Garrigues” a la Universidad Europea de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 35
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 103
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
21
ORDEN 179/2022, de 31 de enero, del Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se autoriza la adscripción del Centro de Educación Superior “Centro de Estudios Garrigues” a la Universidad
Europea de Madrid.
BOCM-20220211-21
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, su artículo 5.4, establece que los centros universitarios privados deberán estar integrados en una universidad
privada, como centros propios de la misma o bien como centros adscritos a una universidad
pública o privada.
De acuerdo con el artículo 11 de la citada Ley, la adscripción mediante convenio a una
universidad privada de centros docentes de titularidad privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional,
requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la universidad a la que
se vaya a adscribir.
En este sentido, la Universidad Europea de Madrid ha solicitado la adscripción de un
centro privado para impartir enseñanzas de grado y máster universitario, dicha adscripción
debe tener un carácter previo a la autorización del inicio de actividades del mismo y la consecuente implantación de las enseñanzas.
Para proceder a la autorización de la adscripción se ha efectuado la comprobación del
cumplimiento por parte de los promotores de los requisitos recogidos en los artículos 11 y
72 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre y en el Real Decreto 420/2015, de 29 de
mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros
universitarios que le resulta de aplicación.
Por lo tanto, la autorización de la adscripción tiene un carácter previo a la autorización
del inicio de actividades y de la verificación de los planes de estudio de las enseñanzas por
parte del Consejo de Universidades de acuerdo con el procedimiento establecido por el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, se va a proceder a la autorización de la adscripción del centro a la universidad.
De acuerdo con lo previsto en el citado Real Decreto 420/2015, la adscripción de centros
privados a universidades exige el cumplimiento de los requisitos señalados en el mismo, entre otros, respecto de las exigencias en materia de personal docente e investigador, infraestructuras y dotaciones y la programación plurianual de la actividad investigadora. No obstante lo
anterior, y de acuerdo con la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 640 /2021, de
27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, actualmente en vigor y que si resulta de aplicación, el centro dispondrá de cinco años para el cumplimiento de los requisitos
que en los diferentes ámbitos señalados establece el Real Decreto 640/2021 citado.
La propuesta de adscripción ha sido informada por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 10 de diciembre de 2021, según lo establecido en la Ley 4/1998, de 8
de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento
vigente,
B.O.C.M. Núm. 35
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 103
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
21
ORDEN 179/2022, de 31 de enero, del Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se autoriza la adscripción del Centro de Educación Superior “Centro de Estudios Garrigues” a la Universidad
Europea de Madrid.
BOCM-20220211-21
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, su artículo 5.4, establece que los centros universitarios privados deberán estar integrados en una universidad
privada, como centros propios de la misma o bien como centros adscritos a una universidad
pública o privada.
De acuerdo con el artículo 11 de la citada Ley, la adscripción mediante convenio a una
universidad privada de centros docentes de titularidad privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional,
requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la universidad a la que
se vaya a adscribir.
En este sentido, la Universidad Europea de Madrid ha solicitado la adscripción de un
centro privado para impartir enseñanzas de grado y máster universitario, dicha adscripción
debe tener un carácter previo a la autorización del inicio de actividades del mismo y la consecuente implantación de las enseñanzas.
Para proceder a la autorización de la adscripción se ha efectuado la comprobación del
cumplimiento por parte de los promotores de los requisitos recogidos en los artículos 11 y
72 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre y en el Real Decreto 420/2015, de 29 de
mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros
universitarios que le resulta de aplicación.
Por lo tanto, la autorización de la adscripción tiene un carácter previo a la autorización
del inicio de actividades y de la verificación de los planes de estudio de las enseñanzas por
parte del Consejo de Universidades de acuerdo con el procedimiento establecido por el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, se va a proceder a la autorización de la adscripción del centro a la universidad.
De acuerdo con lo previsto en el citado Real Decreto 420/2015, la adscripción de centros
privados a universidades exige el cumplimiento de los requisitos señalados en el mismo, entre otros, respecto de las exigencias en materia de personal docente e investigador, infraestructuras y dotaciones y la programación plurianual de la actividad investigadora. No obstante lo
anterior, y de acuerdo con la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 640 /2021, de
27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, actualmente en vigor y que si resulta de aplicación, el centro dispondrá de cinco años para el cumplimiento de los requisitos
que en los diferentes ámbitos señalados establece el Real Decreto 640/2021 citado.
La propuesta de adscripción ha sido informada por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 10 de diciembre de 2021, según lo establecido en la Ley 4/1998, de 8
de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento
vigente,