C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220211-24)
Actuaciones administrativas automatizadas – Resolución de 28 de enero de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueban las actuaciones administrativas automatizadas en el ámbito de sus competencias
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 35
VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 109
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
24
RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2022, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se aprueban las actuaciones administrativas automatizadas en el ámbito de sus competencias.
La incorporación de las nuevas tecnologías de la información a la actividad administrativa posibilita la denominada actuación administrativa automatizada definida, en el artículo 41.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como cualquier
acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido
de forma directa un empleado público.
En numerosos supuestos, la actuación administrativa automatizada supone una clara
mejora del servicio prestado a los ciudadanos en la medida en que estos obtienen una respuesta administrativa inmediata que permite atender mejor sus necesidades.
Asimismo, el artículo 40 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, regula los sistemas de identificación de las Administraciones Públicas, indicando que podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.
Por su parte, el artículo 41.2 de la citada Ley dispone que “En caso de actuación administrativa automatizada deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes,
según los casos, para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento,
supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su
código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a
efectos de impugnación”.
Por último, el artículo 42 del referido texto normativo determina que en el ejercicio de
la competencia de la actuación administrativa automatizada cada Administración Pública
podrá determinar que se utilice como sistema de firma electrónica para este tipo de actuación administrativa, bien el sello electrónico de administración pública, órgano, organismo
público o entidad de derecho público, basado en certificado electrónico reconocido o cualificado, o bien un código seguro de verificación que permita en todo caso la comprobación
de la identidad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente.
Por tanto, en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Recursos Humanos en el Decreto 234/2021, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo,
RESUELVO
Primero
Objeto de la Resolución
Segundo
Actuaciones administrativas automatizadas
de la Dirección General de Recursos Humanos
En el ámbito de los sistemas de información, respecto a los que la competencia funcional corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos, las actuaciones administrativas automatizadas cuya autentificación se realizará mediante el sello electrónico son:
a) Emisión de certificados de Registro de Personal.
BOCM-20220211-24
El objeto de esta Resolución es la aprobación de las actuaciones administrativas automatizadas del ámbito de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 35
VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 109
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2022, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se aprueban las actuaciones administrativas automatizadas en el ámbito de sus competencias.
La incorporación de las nuevas tecnologías de la información a la actividad administrativa posibilita la denominada actuación administrativa automatizada definida, en el artículo 41.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como cualquier
acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido
de forma directa un empleado público.
En numerosos supuestos, la actuación administrativa automatizada supone una clara
mejora del servicio prestado a los ciudadanos en la medida en que estos obtienen una respuesta administrativa inmediata que permite atender mejor sus necesidades.
Asimismo, el artículo 40 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, regula los sistemas de identificación de las Administraciones Públicas, indicando que podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.
Por su parte, el artículo 41.2 de la citada Ley dispone que “En caso de actuación administrativa automatizada deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes,
según los casos, para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento,
supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su
código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a
efectos de impugnación”.
Por último, el artículo 42 del referido texto normativo determina que en el ejercicio de
la competencia de la actuación administrativa automatizada cada Administración Pública
podrá determinar que se utilice como sistema de firma electrónica para este tipo de actuación administrativa, bien el sello electrónico de administración pública, órgano, organismo
público o entidad de derecho público, basado en certificado electrónico reconocido o cualificado, o bien un código seguro de verificación que permita en todo caso la comprobación
de la identidad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente.
Por tanto, en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Recursos Humanos en el Decreto 234/2021, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo,
RESUELVO
Primero
Objeto de la Resolución
Segundo
Actuaciones administrativas automatizadas
de la Dirección General de Recursos Humanos
En el ámbito de los sistemas de información, respecto a los que la competencia funcional corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos, las actuaciones administrativas automatizadas cuya autentificación se realizará mediante el sello electrónico son:
a) Emisión de certificados de Registro de Personal.
BOCM-20220211-24
El objeto de esta Resolución es la aprobación de las actuaciones administrativas automatizadas del ámbito de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos.