C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20220121-16)
Puesto funcionario habilitación nacional – Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la convocatoria, por el sistema de Libre Designación, del puesto de Director/a General de Gestión Tributaria y Recaudación, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el Ayuntamiento de Móstoles
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 17
VIERNES 21 DE ENERO DE 2022
Pág. 61
Novena
Régimen impugnatorio
BOCM-20220121-16
Contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, los interesados
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes
ante el órgano que las aprobó, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio que los interesados pueden
ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
(03/799/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 17
VIERNES 21 DE ENERO DE 2022
Pág. 61
Novena
Régimen impugnatorio
BOCM-20220121-16
Contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, los interesados
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes
ante el órgano que las aprobó, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio que los interesados pueden
ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
(03/799/22)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791