D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220121-33)
Convenio –  Convenio de colaboración de 27 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid, para la concesión directa, por razones de interés público, de una subvención destinada al fomento de la calidad, promoción y comercialización de sus productos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 17

tos, promocionar y difundir los productos de producción ecológica, así como satisfacer las
demandas crecientes de los consumidores en productos de calidad y proximidad.
Asimismo está interesada en promover el sector de la agricultura ecológica, regulado
actualmente por los Reglamentos (UE) 2018/848, de 30 de mayo y (CE) 834/2007 y sus instrumentos de aplicación; la producción ecológica es un sector en continua expansión; los
productos cada día son más demandados por los ciudadanos y proporcionan respuestas a las
necesidades de la sociedad actual: la obtención de productos de calidad y la conservación
del medio en el que se desarrollan por el sistema de gestión de los recursos y utilización de
los inputs que necesita. A nivel rural contribuye la producción ecológica al mantenimiento
del medio ambiente, a la conservación de los recursos naturales y a la biodiversidad.
Que al amparo del Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (“Diario Oficial de la Unión Europea” de 24
de diciembre de 2013), la Comunidad de Madrid y del Reglamento 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector agrícola
modificado por el Reglamento 2019/316 de la Comisión de 21 de febrero de 2019 la Comunidad de Madrid puede contribuir a los gastos de fomento de calidad, promoción y comercialización de sus productos.
III. Que el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid (CAEM) es
un órgano desconcentrado de la Comunidad de Madrid, creado mediante Orden 3628/1996,
de 20 de mayo, con las atribuciones decisorias que le encomienda su Reglamento, tiene como
misión principal aplicar sus preceptos y velar por su cumplimiento, garantizando la certificación, fomento, promoción y asesoramiento de los productos amparados. Con ello, se pretende avalar la calidad de estos productos, evitar competencias desleales, mejorar la elaboración,
comercialización y difusión de los mismos.
Que el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid, ha sido designado como Autoridad de Control de la producción ecológica al amparo de la normativa comunitaria, y está interesado en suscribir el presente convenio en aras de consolidar y seguir
avanzando en la producción y promoción de la producción ecológica regional, mejorando
su actual calidad, para conseguir un mayor reconocimiento en los mercados, garantizando
que los productos con uso de las menciones de “Producción ecológica” han sido producidos y elaborados siguiendo la normativa comunitaria, certificando la conformidad de los
mismos e incentivando a su vez a los operadores a la apuesta por la agricultura sostenible.
IV. Son funciones del Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid
aplicar el sistema de control establecido en la normativa comunitaria y nacional, formular
propuestas y orientaciones en materia de producción agraria ecológica, promover la difusión y el consumo de productos agroalimentarios ecológicos, y en general, las actuaciones
relativas al fomento de la producción, promoción y comercialización de los citados producto del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, y específicamente la llevanza de los
registros de productores, elaboradores, comercializadores e importadores.
Para las funciones técnicas que tiene o le son encomendadas por la actual Consejería
de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid cuenta con los Servicios Técnicos necesarios.
V. Que existen razones de interés público, social y económico (los beneficiarios finales directos de estas ayudas son los productores, transformadores y comercializadores de los
productos agroalimentarios ecológicos, pymes) a favor de garantizar el normal funcionamiento del Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid, en 2021 a través de una
subvención niveladora para sufragar sus gastos de funcionamiento ineludiblemente ligados a
la producción ecológica sometida a control según normativa aplicable.
A la vista, asimismo, de la sentencia número 1098, de 5 de noviembre de 2020, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, en la que se recoge que son objetivos claramente alineados con las razones imperiosas de interés general aprovechar la experiencia técnica y
el conocimiento del producto y proceso de producción, poniendo los recursos de los consejos
reguladores al servicio del control de los operadores, pues nadie como los consejos reguladores se identifican con los objetivos que quiere alcanzar la Administración con el reconocimiento de las denominaciones de calidad, y la confianza y competencia de las producciones
regionales, lo que redunda en la dinamización de la economía madrileña. Se entiende asimismo su aplicación para el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid.
Todo ello de conformidad con el informe de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de 17 de agosto de 2021.

BOCM-20220121-33

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