Getafe (BOCM-20220120-42)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 16

3. Normativa aplicable
El proceso de provisión se regirá por lo recogido en las presentes Bases, así como por
lo contemplado en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público;
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública;
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de
la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
En materia procedimental será asimismo aplicable la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Condiciones de participación
4.1. Requisitos generales.—Podrán tomar parte en este concurso quienes reúnan todos los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de funcionario/a de carrera de cualquier Administración Pública Local española, sin perjuicio de lo señalado en el apartado 4.2 siguiente.
b) Pertenecer a subescala Técnicos Medios de Administración Especial, Subgrupo A2.
c) Acreditar una permanencia mínima de dos años en el último puesto de trabajo de
destino definitivo.
Los candidatos y candidatas deberán reunir todos los requisitos exigidos el último día
del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la toma de posesión.
4.2. Situaciones administrativas.—No podrán participar en el presente concurso los
funcionarios/as declarados en suspensión firme de funciones mientras dure la suspensión y
de los excedentes voluntarios por interés particular o por agrupación familiar durante los
dos años de permanencia obligatoria en dichas situaciones.
Los funcionarios/as en las situaciones administrativas de excedencia para el cuidado
de familiares y de servicios especiales, sólo podrán participar si en la fecha de la finalización del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido.
5. Forma y plazo de solicitudes
Las solicitudes para tomar parte en este concurso habrán de ajustarse al modelo de instancia que se hará público en sede electrónica, debiendo indicar en la misma:
— Datos personales y profesionales.
— Manifestación del cumplimiento de los requisitos exigidos para el mismo (figura
incorporado por defecto).
— Enumeración de los méritos que se alegan.
A la instancia de participación deberá acompañarse la siguiente documentación:

La solicitud y la documentación que se acompañe a la misma deberá presentarse en el
Registro General del Ayuntamiento de Getafe, o en cualquiera de las formas contempladas
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 15 días hábiles contados a
partir del siguiente al que aparezca publicado en el “Boletín Oficial del Estado” el anuncio
de la convocatoria, y en el que se hará referencia al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID en que figurarán las correspondientes Bases. Los sucesivos anuncios serán publicados en la sede electrónica municipal: https://sede.getafe.es

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1. Fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor.
2. Fotocopia simple de certificado actual referido a los requisitos que se exigen para
el desempeño del puesto convocado, expedido por el órgano de las Administraciones Públicas con potestad certificante, y que habrá de aludir a la Subescala de pertenencia, Grupo/Subgrupo, tiempo de permanencia en el último destino definitivo y situación administrativa vigente.
3. Documentación acreditativa de los méritos alegados según se indica en la Base 8.