Pozuelo de Alarcón (BOCM-20220119-43)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 15

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE ENERO DE 2022

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5.3. Actuaciones del Tribunal en el proceso: El procedimiento de actuación del tribunal de selección se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Corresponde al tribunal de selección determinar el nivel exigible para la obtención de
las calificaciones mínimas previstas para superar las pruebas, así como la consideración,
verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
El tribunal de selección resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las
bases de esta convocatoria durante el desarrollo del proceso selectivo, y en particular resolverán todas aquellas peticiones que se formulen por las personas aspirantes referidas a:
— Obtención de copia del examen realizado (hoja de respuestas en los cuestionarios
tipo test).
— Alegación impugnatoria relacionada con pregunta/s integradas en los respectivos
cuestionarios de preguntas.
— Revisión de la calificación concedida.
— Cualquier otra aclaración o alegación relacionada con la actuación del órgano seleccionador.
El plazo para formular cualquiera de las peticiones indicadas será de cinco días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha en que se haya comunicado el correspondiente acto administrativo.
Los acuerdos que adopte el tribunal de selección en relación a las peticiones citadas,
serán comunicados a las personas interesadas mediante publicación de los mismos en el tablón de anuncios y en la página web municipal.
5.4. Recursos: Contra los actos y decisiones del tribunal de selección que imposibiliten la continuación del procedimiento para la persona interesada o produzcan indefensión
y se funden en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, se podrá interponer por la persona interesada recurso de
alzada ante la concejal delegada de Recursos Humanos, de conformidad con lo establecido
en el artículo 121.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y ello sin perjuicio de la interposición de cualesquiera otro recurso que se estime oportuno.
Sexta. Proceso selectivo

Séptima. Desarrollo, calificación final y resolución del proceso selectivo
7.1. Llamamiento único: Las personas participantes serán convocadas a la celebración de los ejercicios en llamamiento único. El orden de actuación se iniciará alfabéticamente por la letra que resulte del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado de
Función Pública para el año correspondiente, y deberán ir provistas de documentación original acreditativa vigente, bien DNI, permiso de conducir o pasaporte, únicos documentos
válidos para acreditar su identidad.

BOCM-20220119-43

El sistema selectivo será el de oposición, con el siguiente contenido:
6.1.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar a un cuestionario de 50 preguntas tipo
test, con tres respuestas alternativas, siendo solamente una la correcta, referidas a la totalidad del temario que figura como Anexo.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las respuestas erróneas se penalizarán el
equivalente a un tercio del valor de cada respuesta correcta. Las respuestas en blanco o con
más de una respuesta señalada no penalizarán ni puntuarán.
El tiempo máximo para la realización escrita de la prueba será de 50 minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener
un mínimo de 5 de puntos. El tribunal podrá establecer un nivel mínimo para la superación
de esta prueba, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde para la misma.
6.1.2. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, el cual
tendrá por contenido la simulación de situaciones habituales propias de desempeño cotidiano de las plazas que se convocan y relacionado con el temario incluido en el anexo. El tiempo para su realización será determinado por el tribunal, y será como máximo de una hora.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 de puntos.
Para la realización de los ejercicios que contengan materia relativa o relacionada con legislación, se entenderá que ésta será la vigente en la fecha de realización de cada ejercicio.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de cada
uno de los ejercicios indicados.