Pozuelo de Alarcón (BOCM-20220119-44)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 346
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 15
rantes, ordenadas de mayor a menor puntuación, especificando las calificaciones obtenidas
en cada apartado y sirviendo de notificación a todos los efectos.
Los casos de empate serán dirimidos en virtud de la mayor puntuación obtenida en el
apartado de “Méritos específicos adecuados a las características del puesto convocado”. De
persistir el empate, se acudirá a la mayor puntuación obtenida en el apartado de “Valoración del trabajo desarrollado”, y de mantenerse la igualdad, se considerará el apartado relativo a los “Cursos de formación y perfeccionamiento”. En defecto de todo lo anterior, decidirá la fecha de ingreso como funcionario/a de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que
se concursa.
Novena. Resolución
La persona aspirante que figure en la propuesta de nombramiento deberá presentar en
el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de los 20 días naturales siguientes al de
la publicación de dicha propuesta, los siguientes documentos:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, para su cotejo por la Unidad
Administrativa de Recursos Humanos.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial.
c) Original del título exigido para poder participar en la presente convocatoria, para su
compulsa por la U.A. de Recursos Humanos, o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de aquel título. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá estar en posesión y aportar fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación (título académico y en su caso, traducción jurada). Si alguno de estos documentos estuviese expedido después de la fecha en que
finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificarse el momento en que
concluyeron los estudios.
d) Declaración de no estar incurso en incompatibilidad, de acuerdo con la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, y demás normativa de aplicación.
e) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que imposibilite para el desempeño de las funciones propias de las plazas
convocadas, solo en el caso de no estar en la situación administrativa de servicio
activo.
Quien, previo requerimiento y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase en plazo la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en las presentes Bases y normativa de aplicación, no podrá ser nombrado funcionario/a y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
En caso de que la persona aspirante a la que correspondiese el nombramiento no fuera nombrada o no tomara posesión, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, podrá nombrarse a la siguiente persona de la lista, por estricto orden de prelación,
que hubiera superado el proceso de selección.
Décima
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario/a, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, y empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso
en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, pudiendo aplazarse la fecha de cese por razones debidamente justificadas.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute del mismo.
BOCM-20220119-44
Toma de posesión
Pág. 346
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 15
rantes, ordenadas de mayor a menor puntuación, especificando las calificaciones obtenidas
en cada apartado y sirviendo de notificación a todos los efectos.
Los casos de empate serán dirimidos en virtud de la mayor puntuación obtenida en el
apartado de “Méritos específicos adecuados a las características del puesto convocado”. De
persistir el empate, se acudirá a la mayor puntuación obtenida en el apartado de “Valoración del trabajo desarrollado”, y de mantenerse la igualdad, se considerará el apartado relativo a los “Cursos de formación y perfeccionamiento”. En defecto de todo lo anterior, decidirá la fecha de ingreso como funcionario/a de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que
se concursa.
Novena. Resolución
La persona aspirante que figure en la propuesta de nombramiento deberá presentar en
el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de los 20 días naturales siguientes al de
la publicación de dicha propuesta, los siguientes documentos:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, para su cotejo por la Unidad
Administrativa de Recursos Humanos.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial.
c) Original del título exigido para poder participar en la presente convocatoria, para su
compulsa por la U.A. de Recursos Humanos, o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de aquel título. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá estar en posesión y aportar fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación (título académico y en su caso, traducción jurada). Si alguno de estos documentos estuviese expedido después de la fecha en que
finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificarse el momento en que
concluyeron los estudios.
d) Declaración de no estar incurso en incompatibilidad, de acuerdo con la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, y demás normativa de aplicación.
e) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que imposibilite para el desempeño de las funciones propias de las plazas
convocadas, solo en el caso de no estar en la situación administrativa de servicio
activo.
Quien, previo requerimiento y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase en plazo la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en las presentes Bases y normativa de aplicación, no podrá ser nombrado funcionario/a y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
En caso de que la persona aspirante a la que correspondiese el nombramiento no fuera nombrada o no tomara posesión, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, podrá nombrarse a la siguiente persona de la lista, por estricto orden de prelación,
que hubiera superado el proceso de selección.
Décima
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario/a, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, y empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso
en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, pudiendo aplazarse la fecha de cese por razones debidamente justificadas.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute del mismo.
BOCM-20220119-44
Toma de posesión