Pedrezuela (BOCM-20220118-68)
Organización y funcionamiento. Reglamento de ludoteca
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 14

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE ENERO DE 2022

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— Ocio en Familia: actividades de ocio y lúdicas para compartir el tiempo libre y de
ocio en familia, aprovechando los recursos del municipio o externos.
— Bebeteca: talleres socioculturales (creatividad, psicomotricidad, etc.) que permiten disfrutar de un espacio de tiempo entre adulto y bebé, favoreciendo así relaciones sólidas y positivas desde la cuna, como una estimulación temprana y desarrollo de las capacidades emocionales, motrices y sociales.
Art. 8. Personal.—El servicio de Ludoteca Municipal contará con un equipo de profesionales conformación y experiencia profesional en el campo de ocio y tiempo libre y
educación.
Art. 9. Funciones del Ludotecario/a.
De organización:
— Recepción de nuevos usuarios: Acogida, inscripciones, información y orientación.
— Organización de actividades.
— Clasificación de juegos y juguetes.
— Recoger a los niños/as en los centros de enseñanza situados en el municipio.
Educativas:
— Facilitar la comunicación interpersonal.
— Promoción de la participación.
— Estimulación de la creatividad dentro del grupo.
— Detector de las necesidades educativas especiales.
— Animador/a de la diversión e inductor de un clima distendido y agradable.
De animación:
— Diseño y desarrollo de actividades de animación socio-cultural.
— Creación, organización, realización de programas y actividades lúdicas colectivas.
— Realización de proyectos, programación de su trabajo y evaluación de los resultados.
De coordinación, información e investigación:
— Coordinación con la red de servicios sociales municipales.
— Atención, orientación y asesoramiento a padres y madres.
— Elaboración de informes y memorias.
— Análisis crítico de juguetes, juegos y material lúdico.
— Información y promoción de los servicios de Ludoteca.
— Los/as ludotecarios/as dedicarán un horario en exclusiva para la programación de
actividades.
De programación mensual y supervisión de la actividad:
— Con anterioridad al inicio de la actividad mensual se realizará la programación de actividades atendiendo a las características de los participantes (edades, intereses, etc.).
— Registro diario de asistencia: Plantilla que registra la asistencia diaria por franjas
de edad y que incluirá la relación nominal de los participantes.
— Registro mensual: Plantilla que registra la asistencia diaria, durante el mes en curso, por franjas de edad y que incluirá el cómputo global de altas y bajas mensuales del centro.
— Registro de incidencias: Tanto positivas como negativas que el monitor/a de cada
centro deberá informar a los responsables superiores en orden a garantizar tanto el
buen funcionamiento de la actividad general, como el bienestar físico y psíquico
de los niños y niñas atendidas.

Normas de funcionamiento
Art. 10. Normas de funcionamiento.—Los asistentes a la Ludoteca, deberán cumplir
una serie de normas generales dirigidas a mejorar y asegurar una buena convivencia. Estas
normas serán las siguientes:
— Se deberá cumplir con los horarios de entrada y salida de los niños/as a la Ludoteca.
— El material no podrá sacarse del local de la Ludoteca, salvo que por el establecimiento de programas específicos así se estableciera, en cuyo caso se determina-

BOCM-20220118-68

TÍTULO SEGUNDO